LEY Nº 2549
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 2549
ARTICULO 1º.- Amplíase en la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS MONEDA
NACIONAL ($20.000.000,00.- m/n., el cálculo de Recurso del Presupuesto
General de la Provincia Ley Nº 2523 –Ejercicio 1959/1960, discriminado
en los rubros y por los montos que a continuación se consignan:
a)Recursos de Rentas Generales
I De Origen Nacional
1 Participación de Impuestos a los Réditos 7.500.000.
2 Participación Impuestos a las Ventas 5.000.000.
3 Participación de Impuestos Internos Unificados 7.500.000.
ARTICULO 2º.- Concordante con la ampliación del Cálculo de Recursos y
por el mismo monto, creanse y amplíanse las autorizaciones de los
Anexos, por los importes y las partidas que a continuación se
especifican:
ANEXO I, INCISO II, ITEM IV, PARTIDA 3
Subvención Provincial a las Municipalidades y
Comisiones Municipales a distribuir por el Po
der Ejecutivo: 7.000.000.-
ANEXO E, INCISO II, ITEM 1) a) 2, PARTIDA UNICA
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Para habilitación y funcionamiento de hospita
les y centros sanitarios, incluido gastos en
sueldos y leyes sociales, según presupuesto a
confeccionar por el Poder Ejecutivo: 7.000.000.-
ANEXO K, INCISO II, ITEM UNICO a) –Rentas Generales
PLAN DE OBRAS PUBLICAS
Para mayores costos, ampliación e imprevistos
de obras en ejecución y obras nuevas a realizarse
de acuerdo a plan analítico a confeccio
nar por el Poder Ejecutivo: 3.000.000.-
VIALIDAD
Para el refuerzo de la Partida 17_Conservación
de la Red Vial y Mejoras 3.000.000.-
ARTICULO 3º.- El Poder Ejecutivo, por intermedio de la Contaduría
General, efectuará los ajustes correspondientes.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, agosto 11 de 1960.-
RAMON R. VALDEZ
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente