LEY Nº 2548

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 2548
ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar al CLUB- ATLÉTICO
GIMNASIA Y ESGRIMA de esta ciudad, con destino a la construcción de su
campo de deportes, las manzanas 2 y 3 del plano de reparcelamiento de
Villa Gorriti de esta Capital, padrón 6714, de propiedad del Estado
Provincial, comprendidas dentro de las siguientes colindancias: al
norte con Avda. del Exodo y Avda. de La Bandera, al sud con terrenos
de propiedad de la Sucesión Bertrés Castañeda, al este con la manzana
Nº 1 de propiedad del Ministerio de Agricultura de la Nación y al
oeste con terrenos del Consejo Nacional de Educación.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, agosto 4 de 1960.-
RAMON R. VALDEZ
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente