BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 05/04/2010
N° 984.- ESCRITURA NUMERO NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRQ.-ACTA DE PROTOCOLIZACIÓN SOLICITADA POR ARTURO LINO DE PEDRO POR EMPRESA LA PIEDAD DE BRIONES Y COMPAÑÍA S. R. L.-En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil nueve, ante mi, PATRICIO LACS1, Escribano Público Autorizante, titular del Registro número veinticinco, comparece el señor ARTURO LINO DE PEDRO, argentino, libreta de enrolamiento número tres millones ciento sesenta y siete mil noventa y ocho, viudo de sus únicas nupcias, domiciliado legalmente en calle Salta número setecientos veintisiete de esta ciudad, hábil, mayor de edad, de mi conocimiento, doy fe. Y dice que concurre a este acto en su calidad de Presidente de la entidad denominada Empresa La Piedad de Briones y Compañía S. R. L., y en tal carácter solicita del suscripto Escribano Autorizante, proceda a protocolizar el acta número treinta, de la citada entidad; a tal fin hace entrega al suscripto del libro de actas respectivo y que copiado literalmente dice así: “ACTA N° 30. ACTA ACUERDO. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los veintisiete días del mes de Julio de dos mil nueve, siendo las 18,30 hs. se reúnen en el domicilio de calle Salta 727, de esta Ciudad, los Socios Gerentes de la firma Sr. ARTURO LINO DE PEDRO y Srta. CARMEN GLADIS BRIONES con la presencia de los Sres. Socios ROSA TRINIDAD BRIONES DE ALBESA, MARIO EDUARDO BRIONES, JUAN MANUEL BRIONES, GABRIEL ÓSCAR BRIONES, CARLOS ARTURO DE PEDRO, MARÍA EUGENIA DE PEDRO DE CERSOSIMO y los coadministradores ÓSCAR GUSTAVO BRIONES y PABLO FERNANDO BRJONES, según testimonio expedido por el juzgado de 1ra.instancia en lo Civil y Comercial N° 6, Secretaria N° 11, de los Tribunales Ordinarios de Jujuy, quienes actúan en representación del Sucesorio de CONSTANTINO PEDRO BRIONES.-Abierto el acto el Socio Gerente ARTURO LINO DE PEDRO expone que, siendo la Empresa la iniciadora del proceso empresarial del hoy Grupo Económico Briones, en virtud del actual contexto en el que se desenvuelve la prestación de servicios de la misma, la posibilidad de acrecentar sus negocios en razón del complejo de salas velatorias oportunamente constituido por Agencia Briones y las modificaciones organizativas que indefectiblemente se deben realizar a los fines de obtener en el mediano plazo resultados económicos positivos estima que se hace necesario transformar el tipo social de la empresa y convertirla en SOCIEDAD ANÓNIMA, para lo cual fue puesto, conforme lo prescribe el articulo setenta y cuatro de la LSC 19.550, con anterioridad a este acto, en conocimiento del total de los accionistas el balance general cerrado con fecha 30 de Junio de 2009 del ejercicio fiscal N° treinta y cuatro (34). Luego de un intercambio de opinión se resuelve por unanimidad de los accionistas presentes y de común acuerdo transformar el tipo social d Empresa La Piedad en SOCIEDAD ANÓNIMA. Acto seguido, y de conformidad a lo dispuesto en la ley de sociedades comerciales, se dispone conformar el estatutito social mediante escritura pública, y designar para integrar el Directorio de la sociedad transformada: como Presidente el Sr. CARLOS ARTURO DE PEDRO, como Vicepresidente MARIO EDUARDO BRIONES, como Director Titular, en forma conjunta: ÓSCAR GUSTAVO BRIONES y PABLO FERNANDO BRIONES y como Director Suplente ROSA TRINIDAD BRIONES DE ALBESA, Síndico Titular CARLOS JOSÉ INSAUSTI (h) y Sindico Suplente PEDRO RUBÉN ARAMAYO. Asimismo, se resuelve otorgar poder especial al Dr. Carlos José Insaustí (h) para realizar todas las gestiones y diligencias necesarias para obtener la conformidad de la autoridad de control e inscripción en el Registro Público de Comercio. No habiendo más asuntos que tratarse se da por terminada la reunión siendo las veintidós y cuarenta y cinco horas. Siguen diez firmas”.- Es conforme con el acta transcripta, doy fe, que se encuentra redactada al folio noventa y uno al noventa y tres del libro de actas número uno, de Empresa La Piedad de Bríones y Compañía Sociedad de Responsabilidad Limitada, y que se procede a su devolución y que fotocopia del mismo se agrega al legajo de comprobantes de este protocolo como perteneciente a la presente escritura, doy fe, como que queda desde este instante debidamente protocolizada con los alcances y efectos que las normas respectivas establecen. Previa lectura y ratificación firma como acostumbra por ante mi, Escribano Público Autorizante, doy fe,- ESC. PATRICIO LACSI, TIT. REG. Nº 25, S.S. DE JUJUY.
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 19 de Marzo de 2010.-
MARTA ISABEL CORTE
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
05 ABR. LIQ. Nº 86393 $ 102,00.-








