BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 31/03/2010
CONTRATO DE CESION DE CUOTAS
Entre los Señores CORINA CHOSCO DE TORRES, argentina, casada, Documento Nacional de Identidad Nº 11.936.149, de profesión farmacéutica, domiciliada en Roque Alvarado Nº 1631 del Bº Cuyaya de ésta Ciudad, en adelante denominado LA VENDEDORA, por una parte; por la otra, la Sra. MARIA CRISTINA FASCIA, argentina, mayor de edad, estado civil casada, Documento Nacional de Identidad Nº 13.952.462, de profesión farmacéutica e inscripta su matrícula en el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Jujuy, domiciliado en calle Belgrano Nº 1482 de ésta Ciudad; en adelante denominada a LA COMPRADORA, y por otra parte la Sra. SILVIA ISABEL CESAR, argentina, Documento Nacional de Identidad Nº 16.186.782, de profesión comerciante, soltera, domiciliado en calle Güemes Nº 1038 de ésta Ciudad Capital, quién lo hace en su calidad de socia comanditaria de la razón social TERMINAL SAN SALVADOR DE JUJUY FARMACIA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE convienen en celebrar el presente Contrato de Transferencia y Venta de Cuotas Sociales, de acuerdo a las siguientes cláusulas y condiciones.- PRIMERA: DE LA CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE.- Entre las Señoras SILVIA ISABEL CESAR y CORINA CHOSCO DE TORRES, con fecha 18 de Febrero del año 2009 constituyeron la Sociedad Comandita Simple que gira bajo la denominación de “TERMINAL SAN SALVADOR DE JUJUY FARMACIA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE“, la que se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio, con fecha 03 de Abril del año 2009, al Folio 147, Acta Nº 144 Libro I de Farmacias y Droguerías; y registrada con copia bajo el asiento Nº 5, Folio Nº 25/28, Legajo VIII del Registro de Escritura Mercantiles de Farmacias y Droguerías, con un capital social que asciende a la suma de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000,00,-) el que se encuentra totalmente suscripto e integrado.- SEGUNDA: DEL OBJETO.- LA VENDEDORA cede, vende y transfiere por éste acto a LA COMPRADORA, el 100% del capital comanditado que representa el uno por ciento (1,00%) del Capital Social, por la suma de PESOS MIL ($ 1.000,00).- TERCERA: DEL PAGO: LA COMPRADORA abonará la suma de PESOS MIL ($ 1.000,00) a LA VENDEDORA a la firma del presente contrato, sirviendo el mismo de formal recibo y carta de pago cancelatoria.- CUARTA: DE LA COMUNICACIÓN DE VENTA Y CONFORMIDAD DEL SOCIO COMANDITARIO: LA VENDEDORA y la socia comanditaria Dña. SILVIA ISABEL CESAR, expresamente manifiestan que se ha dado estricto y debido cumplimiento con lo dispuesto en la CLAUSULA DECIMA SEGUNDA del Contrato de Constitución Social, como así también, el socio comanditario da por éste acto su expresa conformidad a la cesión de cuotas celebrada mediante éste instrumento entre LA COMPRADORA y LA VENDEDORA.- QUINTA: LA NUEVA COMPOSICIÓN DEL CAPITAL SOCIAL. DESIGNACIÓN DE DIRECTOR TÉCNICO Y ADMINISTRADOR: El capital comanditado, suscripto e integrado en su totalidad en dinero en efectivo por la socia comanditada Dña. MARIA CRISTINA FASCIA, representa el uno por ciento (1,00%) del capital social; y el capital comanditario, continúa representado el noventa y nueve por ciento (99,00%) del capital social. Que a los efectos legales, las Sras. SILVIA ISABEL CESAR y MARIA CRISTINA FASCIA, en su calidad de socios de la razón social TERMINAL SAN SALVADOR DE JUJUY FARMACIA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, resuelven por unanimidad designar como Directora Técnica y Administradora de la Sociedad a la Sra. MARIA CRISTINA FASCIA, en los términos de la cláusula sexta del contrato constitutivo de sociedad.- SEXTA: DEL CONOCIMIENTO Y MANIFESTACION DE VOLUNTAD: Que por éste acto la Sra. MARIA CRISTINA FASCIA, expresamente manifiesta que tiene debido y completo conocimiento del contrato constitutivo de la razón social TERMINAL SAN SALVADOR DE JUJUY FARMACIA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, como así también presta su conformidad a todas y cada una de las cláusulas del mencionado contrato.- SEPTIMA: DEL CONSENTIMIENTO CONYUGAL: Que el Señor MARIO TORRES VALDA argentino, casado con CORINA CHOSCO DE TORRES , D.N.I. Nº 11.936.147, con domicilio en calle Roque Alvarado Nº 1631 del Bº Cuyaya de ésta Ciudad, viene a prestar su consentimiento puro y simple en los términos del artículo 1277 del Código Civil, de la cesión de cuotas de de la razón social TERMINAL SAN SALVADOR DE JUJUY FARMACIA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE que realizara su cónyuge juntamente con la Sra. MARIA CRISTINA FASCIA por éste acto.- OCTAVA: DEL PODER ESPECIAL PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO: Los socios SILVIA ISABEL CESAR y MARIA CRISTINA FASCIA autorizan por éste acto al Dr. ALEJANDRO HUGO DOMINGUEZ y/o al Dr. DIEGO CUSSEL, a quiénes los socios otorgan el poder necesario para que en forma conjunta y/o indistinta realicen todos los actos, gestiones y trámites ante el Registro Público de Comercio que fueren necesarios para la inscripción en el mismo de la cesión de la cuota social, objeto del presente contrato.- NOVENA: Las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, renunciando a cualesquier otro fuero de excepción.- No siendo para más el acto, previa lectura y conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los nueve días del mes de Febrero del año dos diez, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina.- ACT. NOT. Nº A 00706085, ESC. CARINA ALEXANDER, TIT. REG. Nº 62, S.S. DE JUJUY.-
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 16 de Marzo de 2010.-
DR. RAMON A. SOSA
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
31 MAR. LIQ. Nº 86359 $ 54,00.-








