LEY Nº 2524
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 2524
ARTICULO 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar al CLUB ATLÉTICO
GORRITI de esta ciudad, una fracción de DOS HECTÁREAS SETECIENTOS
TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS TREINTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS
(2 Ha 735 m2 35 dm2) del lote fiscal Nº 2 de la manzana “Q” de Villa
Gorriti, departamento Capital, con destino a la edificación de su sede
social y construcciones deportivas.
ARTICULO 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir a título
gratuito a favor del CLUB DEPORTIVO SOCIAL “VILLA CASTAÑEDA” de esta
ciudad, el inmueble fiscal individualizado como lote 1771 –Banda de
Castañeda- Padrón A-14734 de esta Capital, donde actualmente se hallen
sus instalaciones deportivas.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 9 de Octubre de 1959.-
RAMON RENE VALDEZ
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente