BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 01/03/2010

Escritura Numero Once.- Nº 11.- Cesión de cuotas de “IMET SRL” otorgada por Olga Noemí REINALDI y Jorge Enrique MAIDANA a favor de María Mercedes HADDAD y Pablo Daniel HADDAD.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de esta Provincia de Jujuy, a los catorce días del mes de enero del año dos mil diez, ante mi Corina Celia BRIZUELA DE ROJO, Escribana Titular del Registro Nº 27, comparecen: por una parte la Sra. Olga Noemí REINALDI, argentina, Documento Nacional de Identidad Nº 12.005.798, CUIT 27- 12005798-2, nacida el 02 de julio de 1956, de profesión abogada, asistida por su cónyuge en primeras nupcias Domingo Argentino ZALAZAR, Documento Nacional de Identidad Nº 12.236.525, quien concurre al solo efecto de prestar conformidad, ambos con domicilio en calle Santa Fe Nº 745 4to piso B de San Miguel de Tucumán Provincia de Tucumán; y la Sra. Delfina Rosa LAMAS, argentina, Documento Nacional de Identidad Nº 3.632.783, CUIT 27- 03632783-4, viuda, con domicilio en calle Pachi Gorriti Nº 1425 de esta Ciudad; y por la otra parte los Señores María Mercedes HADDAD, argentina, Documento Nacional de Identidad Nº 23.524.689, CUIT 27-23524689-4, casada en primeras nupcias con Gastón Luis ARQUEROS, profesión empresaria, nacida el 24 de diciembre de 1973; y Pablo Daniel HADDAD, argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 18.167.597, CUIT 20-18167597-8, casado en segundas nupcias con Eugenia Elisa MORALES, profesión arquitecto, nacido el 13 de abril de 1967, ambos con domicilio en calle Vicente López 806 de la vecina Ciudad Salta.- Todos los comparecientes son mayores de edad, personas que justifican su identidad en los términos del inciso c) del artículo 1002 del Código Civil (Ley 26.140), con la exhibición de sus mencionados documentos, que en reproducción de sus partes pertinentes autenticadas por mi agrego al legajo de esta escritura.- INTERVIENEN: La Sra. Delfina Rosa LAMAS, por si y en representación del Sr. Jorge Enrique MAIDANA, argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 14.543.036, CUIT 20-14543036-5, nacido el 24 de enero de 1961, divorciado, con domicilio en Avenida Roca Sud Nº 1162 de la Ciudad de Santiago del Estero, Capital de la Provincia del mismo nombre, a merito de PODER ESPECIAL que le fuere conferido mediante Escritura Nº 8 de fecha 12 de enero de 2010, autorizada por el Escribano de esa Ciudad Titular del Registro Notarial Nº 9, don Víctor Emilio ZAÍN, poder que contiene facultades suficientes y que en testimonio debidamente legalizado me pone de manifiesto y agrego al Legajo como perteneciente a la presente; y los demás comparecientes lo hacen por sus propios derechos.- Y las partes Olga Noemí REINALDI, y Jorge Enrique MAIDANA por intermedio de su representante, en adelante “Los Cedentes” y María Mercedes HADDAD y Pablo Daniel HADDAD, en adelante “Los Cesionarios” dicen: Primera: Antecedentes: Que Olga Noemí REINALDI con doscientas cincuenta (250) cuotas sociales, y Jorge Enrique MAIDANA con doscientas cincuenta (250) cuotas sociales, totalmente suscriptas e integradas, son socios titulares de la totalidad del capital social, de la sociedad que gira con domicilio en Ruta Nº 1 Km. 17 Parque Industrial, Palpalá de la Provincia de Jujuy de esta Republica Argentina, bajo la denominación de “IMET SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CUIT 30-70980604-8”, conforme surge del Contrato de Constitución de IMET SRL, celebrado con fecha 05 de julio de 2006, inscripto en el Registro Publico de Comercio de la Provincia de Jujuy, con fecha 07 de setiembre de 2006 al Folio 509 Acta Nº 497 del Libro II de SRL, y registrado con copia bajo Asiento Nº 37 al Folio 210/214 al Legajo XI Tomo II del Registro de Escrituras Mercantiles de SRL.- Segunda: Cesión: Olga Noemí REINALDI por si y Jorge Enrique MAIDANA por intermedio de su representante, TRANSFIEREN A TITULO DE CESIÓN EN VENTA a María Mercedes HADDAD, y a Pablo Daniel HADDAD, las Quinientas (500) Cuotas sociales de cien (100) pesos valor nominal cada una, las que en su totalidad ascienden a las suma de Cincuenta mil (50.000.-) pesos de Capital Social y que representan el cien (100) por ciento del capital social, que tienen y le corresponden en IMET SRL; transfiriéndoles a los Cesionarios respecto de las cuotas de capital social cedidas, todos los derechos de propiedad, posesión y sus accesorios, subrogándolo en los derechos y obligaciones inherentes a las mismas, que podrán ser ejercidos en el tiempo y forma que lo crean conveniente y ante quienes fuere menester.- Tercera: Precio de la Cesión: La presente Cesión se realiza por el precio total de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MIL (U$S 200.000), suma que los Cesionarios, entregan a los cedentes, quienes las reciben de plena conformidad, en su totalidad en billetes de la moneda pactada, en este acto en mi presencia doy fe, y suma por la que los Cedentes confieren en este acto a los Cesionarios formal recibo y carta de pago.- Cuarta: Conformidad con la cesión: Olga Noemí REINALDI y Jorge Enrique MAIDANA mutuamente prestan su conformidad con la Cesión y manifiestan su renuncia hacer uso del derecho de preferencia, de acuerdo a lo dispuesto por las cláusulas sexta y concordantes del Contrato Social.- Quinta: Renuncia a la Gerencia- Aprobación de la gestión: Delfina Rosa LAMAS, por sus propios derechos, renuncia al cargo de Gerente quedando desvinculada de la firma a partir del día de la fecha, y manifiesta que nada tiene que reclamar, ni a los Socios ni a la Sociedad, por ninguna concepto derivado de la relación societaria que los vinculó.- Por su parte Olga Noemí REINALDI y Jorge Enrique MAIDANA, en el carácter de socios aceptan la renuncia efectuada por la gerente Delfina Rosa LAMAS, y aprueban su gestión.- Sexta: Asentimiento conyugal: Domingo Argentino ZALAZAR, Documento Nacional de Identidad Nº 12.236.525, presta su asentimiento a la presente Cesión, conforme lo requerido por el Atr. 1277 del CC. Séptima: Por su parte los Cesionarios Maria Mercedes HADDAD y Pablo Daniel HADDAD, aceptan la transmisión realizada a su favor, constituyendo en forma inmediata el carácter de únicos socios de la Sociedad.- Octava: Estado actual del Capital Social: En consecuencia el Capital Social de Pesos Cincuenta Mil, ($50.000) queda dividido en 500 cuotas sociales de valor nominal $ 100 cada una, que pertenecen a Maria Mercedes HADDAD, doscientos cincuenta (250) cuotas sociales representativas del 50% del Capital Social; a Pablo Daniel HADDAD, doscientos cincuenta (250) cuotas sociales representativas del 50% del Capital Social.- Novena: Administración: Los socios actuales integrantes de la totalidad del capital, y por unanimidad convienen que Pablo Daniel HADDAD, quien acepta, ejercerá la administración y representación de la sociedad, como “socio gerente” de conformidad a lo dispuesto por la cláusula octava del contrato social.- Décima: Autorización: Los otorgantes facultan a la Escribana Autorizante Titular del Registro Nº 27 para que realice los tramites de la inscripción de este instrumento ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy.- CONSTANCIAS NOTARIALES: 1- Informe Registral: del certificado expedido por la Dirección Provincial de Inmuebles bajo el Nº 000514 de fecha 14 de enero del corriente año, surge que los Cedentes no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes.- 2- Impuesto a los Sellos: Su Retención: se deja constancia que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 176 del Código Fiscal y Resolución 880/99 de la Dirección Provincial de Rentas, el impuesto a los sellos será ingresado en forma global mediante declaración jurada ante la mencionada dirección.- 2- Resoluciones Generales 348 y 1817 AFIP- DGI: Se dejo constancia de las CUIT de los otorgantes y se consulto vía Internet la condición tributaria invocada.- 3- Legajo de Comprobantes: Se agregan como pertenecientes a la presente escritura: certificado de no inhibición, constancias de CUIT y CUIL, fotocopia de los instrumentos antes relacionados sobre la existencia de la sociedad, testimonio legalizado del poder, y fotocopia de los Documentos de Identidad.- Leo a los comparecientes la presente escritura quienes la otorgan firmando por ante mi Escribana que la autorizo, doy fe.- Sigue a la de cesión de derechos.- Firmado: Olga Noemí Reinaldi, Domingo Argentino Zalazar, Delfina Rosa Lamas, María Mercedes Haddad y Pablo Daniel Haddad, esta mi firma sobre sello notarial Esc Corina C. Brizuela de Rojo, Tit Reg 27 S.S. de Jujuy.- Concuerda con su matriz que paso ante mi al folio 19 del Protocolo sección A del corriente año del registro a mi cargo.- Para SU INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO DE ESTA PROVINCIA, expido esta COPIA SIMPLE en tres fojas que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. CORINA C. BRIZUELA DE ROJO, TIT. DEL REG. Nº 27- S.S. DE JUJUY.-

Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art.10 de la Ley 19550.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de febrero de 2010.-

Dr. RAMON A. SOSA

P/HABILITALCION AL JUZGADO DE COMERCIO

01 MAR. LIQ. Nº 86156 $ 54,00.-