BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 26/02/2010
PRORROGA, Y CESION DE CUOTAS SOCIALES “PREGON S.R.L.”
En la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la provincia de Jujuy, a los catorce días del mes de .diciembre del año dos mil nueve, se reúnen el señor Annuar JORGE, argentino, Libreta de Enrolamiento 7.267.994, CUIT 20-07267994-7, casado en primeras nupcias con Elvia Ilda Cura, con domicilio real en Avenida Santibáñez 1192 y fiscal en calle Belgrano 545 de esta ciudad, y Martín Durbal JORGE, argentino, abogado, Documento Nacional de Identidad 11.207.293,CUIT 20-11207293-5, casado en primeras nupcias con Silvia Aída Fiesta, con domicilio en calle Víctor Gamez 2332 de esta ciudad, este en el carácter de heredero declarado del que en vida fuera el socio Martín Jorge, y en quien se ha unificado la representación de los herederos ante la sociedad, conforme a los términos del contrato social cláusula décimo segunda, y a lo resuelto por la Sociedad según Acta N° 21 de fecha 4 de junio de 2008, ambos concurren en el carácter de únicos socios de la firma “DIARIO PREGON S.R.L.”, y Miriam del Carmen JORGE, argentina, Documento Nacional de Identidad 14.374.181, CUIL 27-14374181-3, soltera, empresaria con domicilio en calle Senador Pérez 654 Planta Baja de esta ciudad, Elvia Graciela JORGE, argentina, Documento Nacional de Identidad 16.347.572, CUIL 27-l6347572-9, divorciada de sus únicas nupcias según sentencia de fecha 30 de marzo de 2007, dictada en el Expediente judicial N° B-165551/06 Vocalía 3, del Tribunal de Familia de esta provincia, de la que se tomo razón por anotación marginal en el Acta de Matrimonio, con fecha 17 de mayo de 2007, abogada, con domicilio en calle Belgrano 547, Sexto Piso Departamento “B” de esta ciudad, Claudia Susana JORGE, argentina, Documento Nacional de Identidad 17.502.983, CUIL 23-17502983-4, empresaria, casada en primeras nupcias con Alejandro Matías Weibel, con domicilio en calle Belgrano 547 Octavo piso, Departamento “B” de esta ciudad y Marcela Elisabet JORGE, argentina, Documento Nacional de Identidad 20.455.622, CUIL 27-20455622-4, Licenciada, casada en primeras nupcias con Fernando Casares, con domicilio en calle El Cebil 143 del Barrio Chijra de esta ciudad, y resuelven: PRIMERO: Annuar Jorge, y Martín Durbal Jorge por la representación que ejerce y en el carácter de únicos integrantes de la firma “DIARIO PREGON S.R.L.” correspondiéndole al primero de los nombrados la cantidad de 9775 cuotas sociales y al segundo la cantidad de 225 cuotas sociales, todas de un valor nominal de $ 10 cada una, quienes acreditan la personería de la sociedad con los siguientes instrumentos: a) Constitución de la sociedad por instrumento privado de fecha 20 de diciembre de 1979, inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo Asiento Nº 4084, al los folios 1/4 Tomo I del Legajo XLV del Registro de Escrituras Mercantiles y al folio 10, Acta Nº 2961, Libro VIII de la Matrícula de Comerciantes. b) Cesión de Cuotas Sociales de fecha 3 de febrero de 1984, la que fue inscripta en el Registro Público de Comercio bajo Asiento Nº 4566, a los folios 718/719 Tomo I del Legajo XLIX del Registro de Escrituras Mercantiles. c) Reconducción y Modificación del Contrato Social, de fecha 26 de diciembre de 1984 inscripta en el Registro respectivo bajo Asiento Nº 3, a los folios 8/9, Tomo I del Legajo I del Registro de Escrituras Mercantiles. d) Cesión de Cuotas Sociales, de fecha 13 de noviembre de 1985, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo Asiento Nº 19, Folios 78/79, Legajo I, Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles S.R.L. e) Cesión de Cuotas Sociales, de fecha 7 de marzo de 1986, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo Asiento Nº 27 a los Folios 126/128 de S.R.L. del Legajo I Tomo I de marginales del Registro de Escrituras Mercantiles. f) Reconducción de la Sociedad. de fecha 17 de abril de 1990 la que se inscribió bajo Asiento Nº 107, al folio 359 S.R.L., Legajo I Tomo I de marginales del Registro de Escrituras Mercantiles. g) Reconducción de la Sociedad de fecha 10 de marzo de 1995, la que se inscribió en el Registro Público de Comercio bajo Asiento Nº 59, a los folios 175/176, del Legajo II, Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles. h) Prorroga y Aumento de Capital de fecha 9 de diciembre de 1999, inscrita en el Registro Público de Comercio bajo Asiento Nº 1 a los Folios 01/04 del Legajo IV de marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de SRL.-i) Cesión de Cuotas sociales de fecha 3 de junio de 2009, otorgada mediante escritura N° 98 autorizada por la escribana de esta ciudad Verónicas Patricia de Tezanos Pinto, inscripta en el Registro Público de Comercio bajo Asiento Nº 59 a los Folios 317/319 del Legajo XII Tomo II de marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de SRL. Manifiestan que es voluntad de los socios continuar con el giro social, lo que quedo expresado en el acta N° 22 de fecha 9 de noviembre del corriente año, lo que vienen a instrumentar por este acto, resolviendo PRORROGAR la sociedad por un plazo de VEINTE AÑOS a contar del 20 de diciembre de 2009.- Bajo tales conceptos los socios dejan así PRORROGADO el contrato social, desde la fecha antes indicada.- SEGUNDO: En este estado el señor Annuar Jorge manifiesta que es titular de nueve mil setecientas setenta y cinco (9775) cuotas sociales de DIEZ PESOS cada una valor nominal, que importan la suma de NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS (97.750.-).- Que por este acto CEDE Y TRANSFIERE GRATUITAMENTE Y COMO ANTICIPO DE HERENCIA a sus hijas: Miriam del Carmen Jorge, Elvia Graciela Jorge, Claudia Susana Jorge, y Marcela Elisabet Jorge, la NUDA PROPIEDAD –reservando el usufructo de por vida- de MIL NOVECIENTAS SESENTA CUOTAS SOCIALES (1960), correspondiéndoles en consecuencia a cada una de ellas la cantidad de CUATROCIENTAS NOVENTA (490), cuotas sociales a cada una.- En consecuencia transfiere a las cesionarias todos los derechos que le corresponden o pudieran corresponderles en la Sociedad, como nudas propietarias, por las cuotas sociales que por este acto transfiere, y a los cuales renuncia sin limitación alguna a favor de las cesionarias, a quienes subroga en su mismo lugar, grado y prelación. Manifestando asimismo que no tiene reclamo alguno que formular en contra de la sociedad, con relación a las cuotas sociales que por este acto transfiere.- TERCERO: Entre las nudas propietarias y el usufructuario pactan que los derechos que le corresponden al usufructuario por las cuotas sociales que por este acto cede son: a) La percepción de los dividendos b) Los dividendos que provengan de todo tipo de capitalización de utilidades, de reservas, revaluó contables y cualquier otros. c) cualquier otro beneficio que otorgue la sociedad a sus socios. d) Las utilidades que devenguen las cuotas en el caso de liquidación social.- CUARTO: Miriam del Carmen Jorge, Elvia Graciela Jorge, Claudia Susana Jorge y Marcela Elizabeth Jorge, aceptan la presente cesión en los términos referidos, y manifiestan que tienen pleno conocimiento del activo y pasivo de la sociedad. Asimismo manifiestan su plena conformidad con el contrato social y sus modificaciones, en especial con la cláusula DECIMO TERCERA, incorporada al contrato social mediante modificación de fecha 26 de diciembre de 1984 y con la prorroga del contrato social que por este acto se instrumenta.- QUINTO: Presente en este acto ELVIA ILDA CURA DE JORGE, argentina, Libreta Cívica 2.802.001, cónyuge en primeras nupcias de Annuar JORGE, con igual domicilio que éste, manifiesta su expreso asentimiento con la cesión de cuotas sociales que por este acto efectúa su esposo.- SEXTO: Los socios autorizan expresamente a la escribana Celina Beatriz Snopek de Tezanos Pinto, Titular del Registro Notarial Nº 1, con domicilio legal en calle Otero 82 de esta ciudad, para que realice todos los trámites y diligencias necesarios ante el Registro Público de Comercio de esta provincia y demás reparticiones que corresponda, a fin de inscribir el presente contrato, pudiendo a dicho fin otorgar y firmas toda la documentación que le sea requerida.- En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados precedentemente.- ACT. NOT. Nº A 00692768, ESC. CELINA BEATRIZ SNOPEK DE TEZANOS PINTO.- TIT. DEL REG. Nº 01, S.S. de Jujuy.-
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 23 de Febrero de 2010.-
Dr. RAMON ANTONIO SOSA
p/Habilitación aL JUZGADO DE COMERCIO
26 FEB. LIQ. Nº 86136 $ 54,00.-








