LEY Nº 2503

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 2503
ARTICULO 1º.- Condónase la deuda que mantiene con el Estado Provincial
el “CLUB ATLÉTICO CENTRAL NORTE” de la localidad de Libertador General
San Martín, Departamento de Ledesma, resultante de la adjudicación de
los lotes fiscales Nº 9 y 10 del citado pueblo, dispuesta mediante
Decreto Nº 2278 de fecha 18 de agosto de 1953.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de Agosto de 1959.-
RAMON RENE VALDEZ
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente