BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 12/02/2010

DRA. MARISA E. RONDON , de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N º 3 – Secretaría Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N º B-204944/09 Caratulado: “EJECUTIVO: SANCHEZ NESTOR JORGE C/COOPERATIVA AGROPECUARIA EL CARMEN LTDA. Se hace saber a la COOPERATIVA AGROPECUARIA EL CARMEN LIMITADA el siguiente Decreto que a continuación se transcribe /// SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de Noviembre del 2009.- AUTOS Y VISTOS: RESULTA: CONSIDERANDO:…: RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Sr. NESTOR JORGE SANCHEZ en contra de la COOPERATIVA, AGROPECUARIA EL CARMEN LIMITADA hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS OCHO MIL TRESCIENTOS ( $ 8.300.- ) con las costas del juicio y el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil ), desde la mora y hasta el efectivo pago . – II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los honorarios del Dr. JUAN IGNACIO MONACO en la suma de PESOS UN MIL CIENTO SESENTA Y DOS ($ 1.162.- ) por la labor profesional desarrollada en autos de conformidad a lo dispuesto en los arts. 2, 4, 6 y 15 de la Ley 1687/46. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que sólo en caso de mora, devengarán un interés conforme a la Tasa Pasiva promedio , aplicando la fórmula sugerida por el comunicado Nº 14.290 del Banco Central de la Republica Argentina; conforme a la Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 45 – Fº 977/978 Nº 429, más IVA si correspondiere .- IV .- Firme la presente , intímese a la parte actora a retirar por secretaria el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente .- V.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 9 en contra de la COOPERATIVA, AGROPECUARIA EL CARMEN LIMITADA mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- VI.- Agréguese copia en autos, hacer saber, protocolizar.-. Notificaciones en secretaria: martes y jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS.-Secretaria: Proc. MARTA BERRAZ DE OSUNA – PRO SECRETARIA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de Diciembre de 2009.-

12/17/19 FEB. LIQ. Nº 86076 $ 26,00.-