BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 08/01/2010
Poder Judicial de la Nación Expte. Nº 137/09. –
Dr. MARIANO WENCESLAO CARDOZO, Juez Federal de Primera Instancia en la Provincia de Jujuy, Secretaría Civil, en el expediente caratulado: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ CUETO, DARIO RUBEN S/ EJECUTIVO”, ha dispuesto notificar lo siguiente que dice así: ///San Salvador de Jujuy, 01 de Junio de 2009. Por presentado al Dr. Daniel Abraham Anun, por constituido domicilio y por parte en la representación que invoca, a mérito de la copia de poder que acompaña, con el patrocinio letrado de la Dra. Carmen B. Nasif. Líbrese mandamiento de intimación de pago en contra de Darío Rubén Cueto, hasta hacer la parte accionada íntegro pago de la suma de Pesos Cinco Mil Doscientos Cuarenta y Cinco con Cuatro Centavos ($5.245,04) en concepto de capital, con más la de Pesos Ochocientos Veintitrés con Quince Centavos ($823,15) en concepto de intereses, con más la de Pesos Doscientos Noventa y Seis con Cuarenta y Cinco Centavos ($296,45) en concepto de intereses compensatorios, con más la de Pesos Ciento Cuarenta y Ocho con Veintidós Centavos ($148,22) en concepto de intereses punitorios, con más de la de Pesos Doscientos Setenta y Ocho con Sesenta y Seis Centavos ($278,66) en concepto de IVA, con más la de Pesos Un Mil Doscientos ($1.200) calculada provisoriamente para responder a ulteriores acrecidas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre los bienes muebles de propiedad del accionado hasta cubrir los importes mencionados en el momento de la traba por el apoderado de la actora y/o la persona que el mismo indique, debiendo designarse depositario judicial de los mismos al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo. La intimación de pago importará la citación de remate para oponer excepciones legítimas dentro del término de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y el emplazamiento para que en el mismo plazo constituya domicilio procesal dentro del radio de la ciudad de San Salvador de Jujuy, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de éste Juzgado. Notificaciones en Secretaría: martes y viernes. Para el cumplimiento de la medida dispuesta, comisiónase al Sr. Juez de Paz de La Quiaca, quién queda facultado para allanar el domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso necesario.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario local durante dos días.- San Salvador de Jujuy, a los 26 días del mes de noviembre de 2009.-
08/11 ENE. LIQ. Nº 85989 $ 20,50.-








