BOLETIN OFICIAL Nº 55 – 08/05/2026

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO N° 0907.26.007.-

EXPEDIENTE N° 16 – 5962 – 2026 – 1.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 ABR. 2026.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8262/2026, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 04/2026 de fecha 09 de Abril de 2026, mediante el cual se otorga a los Veteranos de Guerra de Malvinas residentes en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, la exención total del pago de los aranceles municipales correspondientes al trámite de emisión y renovación de la Licencia de Conducir; como

así también gozaran de prioridad en la atención; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento la Secretaría de Hacienda, su titular expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8262/2026, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 04/2026 de fecha 09 de Abril de 2026, mediante la cual se otorga a los Veteranos de Guerra de Malvinas residentes en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, la exención total del pago de los aranceles municipales correspondientes al trámite de emisión y renovación de la Licencia de Conducir; como así también gozaran de prioridad en la atención.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por la Srta. Secretaria de Hacienda Lic. AGUSTINA MARIA APAZA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Rentas Municipal, Secretaría de Servicios Públicos, Coordinación General de Comunicación y comuníquese al Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy.-

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente