BOLETIN OFICIAL Nº 55 – 08/05/2026
CONCEJO DELIBERANTE DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
EXPTE. N° 260-X-2026.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA Nº 8262/2026.-
ARTICULO 1°.- Otórgase a los Veteranos de Guerra de Malvinas residentes en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, la exención total del pago de los aranceles municipales correspondientes al trámite de emisión y renovación de la Licencia de Conducir.-
ARTICULO 2°.- Los Veteranos de Guerra de Malvinas, gozarán de prioridad en la
atención para la realización de los trámites vinculados a la emisión o renovación de la Licencia de Conducir.-
ARTICULO 3°.- Serán beneficiarios de la presente Ordenanza, los Veteranos de Guerra de Malvinas que acrediten domicilio en la Ciudad de San Salvador de Jujuy y que presenten certificado, credencial o constancia que acredite tal condición, expedido
por el Ministerio de Defensa de la Nación o Autoridad competente.-
ARTICULO 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, será la Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza, debiendo adoptar las medidas administrativas necesarias para garantizar su efectiva implementación.-
ARTICULO 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.-
SALA DE SESIONES, jueves 09 de abril de 2026.-
Dr. Gastón José Millón
Presidente








