BOLETIN OFICIAL Nº 55 – 08/05/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPTE. N° 260-X-2026.-

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA Nº 8262/2026.-

ARTICULO 1°.- Otórgase a los Veteranos de Guerra de Malvinas residentes en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, la exención total del pago de los aranceles municipales correspondientes al trámite de emisión y renovación de la Licencia de Conducir.-

ARTICULO 2°.- Los Veteranos de Guerra de Malvinas, gozarán de prioridad en la

atención para la realización de los trámites vinculados a la emisión o renovación de la Licencia de Conducir.-

ARTICULO 3°.- Serán beneficiarios de la presente Ordenanza, los Veteranos de Guerra de Malvinas que acrediten domicilio en la Ciudad de San Salvador de Jujuy y que presenten certificado, credencial o constancia que acredite tal condición, expedido

por el Ministerio de Defensa de la Nación o Autoridad competente.-

ARTICULO 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área que corresponda, será la Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza, debiendo adoptar las medidas administrativas necesarias para garantizar su efectiva implementación.-

ARTICULO 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, archívese.-

SALA DE SESIONES, jueves 09 de abril de 2026.-

Dr. Gastón José Millón

Presidente