BOLETÍN OFICIAL Nº 109 – 29/09/2010

Dr. Jorge Daniel Alsina -vocal de la Excma. Cámara en lo Civil y Comercial Sala II, en el Expte. N° B-190.024/08, caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: CORO ANA MERCEDES c/ SOTO MARIO, PEÑALOZA DE AGUILAR MARIA Y CARBONE TUDELA GUSTAVO”, se ha dictado el siguiente decreto: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de Agosto de 2.010.- Atento el informe Actuarial que antecede y lo solicitado, dése por decaído el derecho a contestar la demanda al accionado Sr. GUSTAVO ALEJANDRO TUDELA CARBONE, Firme, se le designará como representante del Sr. GUSTAVO ALEJANDRO TUDELA CARBONE, al Sr. Defensor Oficial de Pobre y Ausentes.- Notifíquese por cédula y al accionado mediante Edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES EN CINCO DIAS.- Conforme art. 72 del C.P.C. se impone la carga de confección del Edicto ordenado precedentemente. Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina -vocal ante mi: Analía Lorente Secretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario de amplia circulación en la Provincia TRES VECES en CINCO DIAS.- San Salvador de Jujuy, 25 de Agosto de 2010.-

29 SEPT. 01/04 OCT. LIQ. Nº 91137 $ 26,00.-