LEY Nº 2467
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 2467
ARTICULO 1.- Con anterioridad al 1º de Noviembre del año en curso,
créase en el ITEM 12, INCISO I, ANEXO C, del Presupuesto General y
Cálculo de Recursos del Ejercicio Económico 1959, puesto en vigenci
mediante Ley Nº 2450/1958, un cargo más de Inspector de Zona para el
Consejo General de Educación, con la asignación, especificación
presupuestaria y cargas sociales que a continuación se detalla:
ANEXO C-INCISO I
ITEM 12: Consejo General
de Educación
a) I SUELDOS
4 Personal Docente
Inspector de Zona
TOTAL ITEM 12-I
b) II ITEM 12: Varios
1 Sueldo Anual Complementario
2 Aporte Patronal
TOTAL ITEM 12-II
TOTAL ITEM 12- I y II
1
1
6.000.-
72.000.-
72.000.-
72.000.-
72.000.-
17.520.-
6.000.-
11.520.-
17.520.-
89.520.-
ARTICULO 2.- Autorízase la transferencia de los fondos necesarios a
las partidas pertinentes, que se tomarán del ANEXO C, INCISO I, ITEM
12, PARTIDA 4 del Ejercicio 1959.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 2 de Diciembre de 1958.-
VICENTE CORTE
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente