LEY Nº 617

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 617 (DEROGADA POR Ley N° 1388)
ARTICULO 1.- El nombre de Valle Grande que lleva actualmente aquel
Departamento será sustituído desde la promulgación de la presente Ley
por el nombre de “GOBERNADOR TELLO”.-
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.
SALA DE SESIONES, Jujuy, Diciembre 16 de 1924.-