BOLETÍN OFICIAL Nº 46 – 26/04/2010

DRA. MARISA E. RONDON – JUEZ HABILITAD-JUEZ HABILITADA DE Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 SECRETARIA N° 6, en el Expte. N° B-158.862/06, caratulado: “EJECUTIVO: BANCO MACRO BANSUD S.A. C/ COSTILLA ROSALINDA”, se notificar a la SRA. ROSALINDA COSTILLA el siguiente Resolución:/// SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 de MARZO de 2010.- AUTOS Y VISTOS… RESULTA…CONSIDERANDO…RESUELVE: Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el BANCO MACRO BANSUD S.A. en contra de la Sra. COSTILLA ROSALINDA, hasta hacerse del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA NUEVE con 69/100 ($ 949,69) con mas las costas del Juicio y el interese promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil), desde la mora y hasta el efectivo pago.- II.- Regular los honorarios profesionales de los Dres. SERGIO MARCELO JENEFES Y JUAN SEBASTIAN JENEFES QUEVEDO, en el suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTE CON 00/100 CENTAVOS ($ 220,00.-) y CUATROCIENTOS CUARENTA CON 00/100 CENTAVOS ($ 440,00) respectivamente por la labor desarrollada en autos como letrados apoderados de la actora. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que sólo en caso de mora, devengará interés conforme a la tasa pasiva promedio. Aplicando la fórmula sugerida por el comunicado Nº 14.290 del Banco Central de la Republica Argentina, atento la naturaleza de la obligación (Banco de la Provincia de Jujuy c/ Servicios Sociales Jure S.R.L., L.A. Nº 37, Fº 1.184/1.188, Nº 538) hasta su efectivo pago con mas IVA si correspondiere.- III.- Hacer efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 25, mandándose notificar la presente Resolución por Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- IV.- Firme…V.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, etc.- FDO.: DRA. MARISA E. RONDON- JUEZ- ANTE MI: SRA. NORMA I. FARACH DE ALFONSO- SECRETARIA.- Publiquese Edicto en el BOLETIN OFICIAL y un DIARIO LOCAL por TRES VECES EN CINCO DIAS.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de marzo de 2.010.-

26/28/30 ABR. LIQ. Nº 87293 $ 26,00.-