BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 07/04/2010

DR. JORGE DANIEL ALSINA – Vocal de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-206.025/09 caratulado: “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS: BUSIGNANI ALBERTO SERGIO C/ VARGAS CESAR MANUEL” se ha dictado el siguiente DECRETO: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DE MARZO DE 2010. Proveyendo al escrito de fs. 87: Dése por decaído el derecho a contestar la demanda en su contra a CESAR MANUEL VARGAS, en consecuencia notifíquese por edictos, por tres veces en cinco días, en el Boletín oficial y un diario local, imponiéndose la carga de su confección al letrado patrocinante en virtud de lo dispuesto por los arts. 50 y 72 del CPC. Fecho dese intervención a la Sra. Defensora de pobres y ausentes. Notifíquese por cédula. Fdo. JORGE DANIEL ALSINA – Vocal Por ante Mí Ana Lorente Secretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por TRES (3) VECES en Cinco (5) DIAS. SECRETARÍA: SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de marzo de 2010

07/09/12 ABR. LIQ. Nº 86418 $ 26,00.-