BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 05/04/2010
DRA. MARÍA CRISTINA MOLINA LOBOS – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 6, SECRETARÍA N° 12, EN EL EXPTE. N° B-194.515/2008, caratulado: “EJECUTIVO: MAMANÍ, José Alberto c. RAMOS, Ricardo Armando”; se hace saber la siguiente providencia de fs. 58: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de noviembre de 2009. I – Mandar llevar adelante la ejecución seguida por MAMANÍ JOSÉ ALBERTO en contra de RAMOS RICARDO ARMANDO hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($9.600,00) con más los intereses a la tasa activa promedio que el Banco de la Nación Argentina percibe para sus operaciones de descuento de documentos comerciales desde la mora y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere. II – Imponer las costas a la demanda vencida (art. 102° del C.P.C.). III – Regular los honorarios profesionales del letrado interviniente Dr. ZURUETA DIEGO en la suma de PESOS MIL CUATROCIENTOS ONCE ($1.411,00) por su actuación en el doble carácter fijados a la fecha de la sentencia, por lo que sólo en caso de mora, devengará interés conforme a la Tasa Pasiva promedio que fija diariamente el Banco Central de la República Argentina, la que será calculada conforme a la fórmula que establece el comunicado 14.290 del B.C.R.A., hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere. IV – Notificar por edicto y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (art. 154° del C.P.C.). V – Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber. FDO. DRA. MARÍA CRISTINA MOLINA LOBOS. JUEZA – Ante mí: DRA. CLAUDIA R. CUEVAS – PROSECRETARIA.- Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres (3) veces en cinco (5) días. Se le hace saber que los términos comenzarán a contar a partir de la última publicación.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 de marzo de 2010.
29/31 MAR. 05 ABR. LIQ. Nº 86332 $ 26,00.-








