BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 15/03/2010

La Sala I del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Jujuy, en Expte. Nº 800-301-2006 – Caratulado: “TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE JUJUY –ESTUDIO DE LOS LEGAJOS DE DEUDA PRESENTADAS POR LA MUNICIPALIDAD DE FRAILE PINTADO EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR DECRETO-ACUERDO Nº 2478-H-04 REF.: EXPTE. Nº 517-06-2006”, se ha dictado la Resolución Nº 690-S/I-2.009: que dispone: “San Salvador de Jujuy, 11 de febrero de 2010. VISTO: … CONSIDERANDO: … RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Hacer efectivo al apercibimiento dispuesto en el articulo 4ºde la Resolución Nº 690-SI-2009 y en consecuencia declarar en Rebeldía al Sr. RAMON ROQUE, atento a su incomparencia a estar a derecho y en consecuencia, tener por decaído el derecho a presentar descargo al citado en la presente causa, haciéndole saber que en adelante las notificaciones se efectuaran Ministerio Ley.- ARTÍCULO 2º: Declarar la cuestión de puro derecho correr vista a Fiscalía Letrada y a los imputados para que por su orden aleguen sobre el mérito de la prueba, en el plazo de DIEZ (10) DIAS (Art. 95º- Ley Nº 4376-88).- ARTICULO 3º: Notifíquese mediante Edictos. Notifíquese a Fiscalía Letrada. Fdo: Dra. MARIANA L. BERNAL y Cr. EDUARDO ROQUE ARNEDO – Vocales de Sala I del Tribunal de Cuentas de la Provincia. Ante mi, Dra. Noemí H. Fernández. Publíquese Edictos en un diario de circulación local y en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.

10/12/15 MAR. LIQ. Nº 86224 $ 26,00.-