BOLETÍN OFICIAL Nº 27 – 08/03/2010
EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 3 SECRETARIA N° 5, en Expte. N° B-184009/08, caratulado: “EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. C/ RODRIGUES ROBERTO ANTONIO”, procede a notificar al Sr. Roberto Antonio Rodrígues de las providencias que a continuación se transcriben: PROVIDENCIA DE FS. 36: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DE ABRIL DEL 23008.- Por presentado el DR. GUILLERMO R. JENEFES por constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación del BANCO MACRO S.A., con el patrocinio letrado del DR. JUAN SEBASTIAN JENEFES, a mérito de la copia de poder general que rola a fs. 2/32 debidamente juramentado.- Previo a continuar el tramite…Notifíquese (art. 154 del C.P.C.) FDO. DRA. BEATRIZ JOSEFINA GUTIERREZ – JUEZ – Ante mi Proc. MARTA J. B. de OSUNA PROSECRETARIA”.- PROVIDENCIA DE FS. 40” S.S. DE JUJUY, 15 de Abril del 2009. Téngase por cumplido el requerimiento efectuado por el Juzgado a fs. 38 de autos. De conformidad a lo que disponen el art. 472,478 y 480 del C.P.C., líbrese Mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra de la accionada RODRIGUEZ ROBERTO ANTONIO en el domicilio denunciado por la suma de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 688,75.-) que se reclama por capital con mas la suma de ($344.-), calculada para crecidas del juicio.- En defecto de pago, trábese embargo sobre los bienes de propiedad de la misma hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial a la propia afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele a la ejecutada a que manifiesten sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y su caso expresen el monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Asimismo, cíteselos de remate , para que en el termino de CINCO DIAS, oponga excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Asimismo córrase traslado del pedido de intereses, con las copia respectiva, por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo termino intímaselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros de asiento del Juzgado bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del ídem. Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiones al Sr. Oficial de justicia con las facultades inherentes del caso. Notificaciones en Secretaria los días martes y/o jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese (ART. 154 del C.P.C.) – FDO: DRA. MARISA RONDON – JUEZ – ANTE MI: PROC. MARTA J. B. OSUNA – PROSECRETARIA.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local por el termino de TRES VECES en CINCO DIAS.-SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Noviembre de 2009.-
03/05/08 MAR. LIQ. Nº 86172 $ 26,00.-








