BOLETÍN OFICIAL Nº 22 – 24/02/2010

EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2, Secretaría Nº 4, en el Expte. N° B-175638/07, caratulado: “APREMIO: MUNICIPALIDAD DE PALPALA C/ TORRES DE FRIAS, FLORENCIA MARIA y TORRES, BLANCA”, se notifica por este medio al demandado TORRES DE FRIAS, MARIA FLORENCIA y TORRES, BLANCA, el siguiente DECRETO: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de AGOSTO de 2007.- 1.- Téngase por presentado al Dr. ALFREDO PEDRO PILILI, por parte y por constituido domicilio legal, en nombre y representación de la Municipalidad de Palpalá, a mérito del Poder que adjunta. 2.- Atento a la demanda de apremio deducida por cobro de pesos y lo dispuesto por los Arts. 1, 2, 7 y 8 ss. y cc. de la Ley 2501/59, líbrese en contra del demandado, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS CON 03/100 ($ 3.800,03), en concepto de Capital, con más la suma de PESOS UN MIL CIENTO CUARENTA ($ 1.140), calculada para acrecidas del Juicio. En defecto de pago cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de TRES DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2, Secretaría Nº 4, haciéndole saber que las copias para traslado se encuentran en Secretaría y los términos comienzan a correr a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.- Asimismo, intímese al demandado, para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- 4.- Notifíquese mediante la publicación de edictos en un diario local y en el Boletín Oficial, por el término de CINCO DIAS.- Fdo. Dra. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT. Ante mi SECRETARIA DRA. SILVIA TABBIA”.- Providencia de fs. 09 “SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de Agosto de 2007.- Proveyendo a lo solicitado, notifíquese la providencia de fs. 09, mediante la publicación de edictos, haciéndole saber que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación. A tal fin, publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en el término de CINCO DIAS.- Fdo. Dra. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, Juez. Ante mi, Secretaria Dra. Beatriz Borja”.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 de Agosto de 2009.-

19/22/24 FEB. LIQ. Nº 86100 $ 26,00.-