BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 14/11/2011
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 7, SECRETARIA N° 14, en el Expte. N° B-233553/10, caratulado: EJECUTIVO: “BANCO MASVENTAS S.A. c/ DANIEL ZELAYA”, se hace saber al demandado Sr. DANIEL ZELAYA, la siguiente PROVIDENCIA: “S. S. DE JUJUY, 05 de Agosto de 2010. – Téngase presente el informe Actuarial que antecede.- … Atento a la demanda ejecutiva por cobro de pesos deducida y lo dispuesto por los Artículos 472, inc.4°, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado DANIEL ZELAYA, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS: UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO con 30/100 – ($1.495,30), en concepto de capital con más la de PESOS: CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO con 59/100 – ($448,59), calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio….- Asimismo cíteselo de remate para que en el término de CINCO DÍAS, concurra ante éste juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 14, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante ésta ejecución. – Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otro gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- Córrasele traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual término que el antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiera lugar.- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimara a la demanda, para que constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILÓMETROS, del asiento de éste Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de la Ley, (Art.52 del ídem)…- Notifíquese, líbrese mandamiento.- Fdo.: DRA. AMALIA I. MONTES- JUEZ – Ante mi: Proc. MARIA ANGELA PEREIRA – Sria.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art.162 del C.P.C.) por TRES VECES en el término de CINCO DÍAS. – Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaría.- SECRETARIA: PROCURADORA MARIA ANGELA PEREIRA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 1º de Septiembre de 2011.-
09/11/14 NOV. LIQ. Nº 99285 $ 30,00.-








