BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 14/11/2011

Dra. NORMA B. ISSA, Presidente de Tramite por habilitación de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala III, Vocalia N° 8, a cargo de la Dra. LILIANA E. CHOROLQUE, en el Expte. N° B-225360/09-caratulado: “Ordinario por Prescripción Adquisitiva: MANSILLA, PEDRO ERASMO y MANSILLA, JUANA c/ CONDORI FERMIN”, hace saber a: herederos de don FERMIN CONDORI, que se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 26 de Octubre del 2011. I).- Atento a lo peticionado y lo informado por Secretaria precedentemente, hágase efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 100, en contra de la parte demandada y téngase por contestada la demanda (Art. 298 del C.P.C.). Asimismo, DECLARESE LA REBELDÍA de: Herederos de Don FERMIN CONDORI (Art. 538 del C.P.C). Al pto. III): No estando notificada en persona el demandado, desígnese al Sr. Defensor Oficial de los Pobres y Ausentes, en su representación. INTIMÁNDOLO para que en el término de CINCO DIAS de su notificación, tome participación en los presentes autos, bajo apercibimiento de continuar los mismos según su estado (Art. 196 del C.P.C.). Atento a lo preceptuado por el Art. 195 del C.P.C. ultimo párrafo, notifíquese esta resolución en el domicilio real denunciado, mediante Edictos. II) Notifíquese (Art. 155 y 156 del C.P.C.).- Fdo: Dra. NORMA B. ISSA- Presidente de trámite por habilitación – Ante mí: Dra. LILIANA E. CHOROLQUE- Secretaria”. PUBLIQUESE en el Boletín Oficial y un Diario local, TRES VECES en el término de CINCO DIAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de Noviembre del 2011.

09/11/14 NOV. LIQ. Nº 99323 $ 30,00.-