BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 11/11/2011

DRA. MARISA E. RONDON, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 – Secretaría N° 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-178183/07 Caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA: MASVENTAS S. A. COMPAÑÍA FINANCIERA c/ ALVAREZ JUAN RUBEN”.-, hace saber al SR. ALVAREZ JUAN RUBEN la siguiente RESOLUCION que a continuación se transcribe: ///SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de JULIO del 2.011.- AUTOS Y VISTOS…- RESULTA…-CONSIDERANDO…- RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el BANCO MASVENTAS SOCIEDAD ANONIMA en contra del SR. JUAN RUBEN ALVAREZ hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE con SESENTA y UN CENTAVOS ($ 2.459,61), siendo los intereses pactados excesivos y siguiendo el criterio del S.T.J., (Lº de Acuerdos N° 37, Fº 1.184/1.188, N° 538, Expte. N° 3.813/93: Recurso de Casación é Inconstitucionalidad del Expte. N° 2.092 de la Sala I, Cam. Ap. C. y C.: Banco de la Provincia de Jujuy c/ Servicios Sociales Jure S.R.L.), aplícase al capital reclamado en la demanda, la tasa activa promedio que cobra el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales ( Art. 509 del C. Civil), desde la mora y hasta el efectivo pago, con más el CINCUENTA POR CIENTO ( 50 % ) de dicha tasa en concepto de interés punitorio.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C. P. C. ).- III.- Regular los honorarios del DR. CARLOS ABEL DAMIAN AGUIAR en la suma de PESOS UN MIL ($ 1.000.-) por la labor profesional desarrollada en autos, conforme lo Acordada (L.A. N° 14, Fº 27/28 N° 16, 11/03/11). Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que sólo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, de conformidad con lo dispuesto por nuestro Superior Tribunal de Justicia en Expte. N° 7096/2009, caratulado: “Recurso de Inconstitucionalidad Int. en el Expte. N° B-145.731/05 (Sala I, Tribunal del Trabajo), Indemnización por Despido incausado y Otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y Otros” (L.A. N° 54, Fº 673/678, N° 235, de fecha 11/5/2011), hasta su efectivo pago, con más IVA si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 18 en contra del SR. JUAN RUBEN ALVAREZ mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y en el Boletín Oficial y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agréguese copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Notifiquese por cedula. FDO. DRA. MARISA E. RONDON – JUEZ -ANTE MI: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA – PRO-SECRETARIA.- Publíquese en Boletín Oficial y un Diario Local por TRES VECES en CINCO DIAS. Pro-secretaria: PROC. MARTA J. BERRAZ DE OSUNA.- SAN SALVAD R DE JUJUY, 18 de AGOSTO del 2.011.-

11/14/16 NOV. LIQ. Nº 99287 $ 30,00.-