BOLETÍN OFICIAL Nº 116 – 14/10/2011
N° 171.- ESCRITURA NÚMERO CIETNO SETENTA Y UNO.- MODIFICACION DE OBJETO SOCIAL DE PINAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los dieciséis días del mes de septiembre del año dos mil once, ante mí, MARIA CELESTE PEREZ, Escribana Pública Adscripta al Registro número cuarenta y cuatro, COMPARECEN: CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ, argentino, Documento Nacional de Identidad número 12.006.003, CUIT 20-12006003-2 de Profesión Empresario, nacido el 09 de enero del año 1958, casado en primeras nupcias con Carmen Rosa Guerrero Rodríguez, por una parte y FRANCISCO IVAN RODRIGUEZ, argentino, Documento Nacional de Identidad número 32.159.884, CUIT 20-32159884-7, soltero, de Profesión Empresario, nacido el día 29 de Julio del año 1986, ambos domiciliados en calle Iriarte número 297 del Barrio Gorriti de esta Ciudad. Hábiles, mayores de edad, identificados en los términos del artículo 1002 del Código Civil, inciso c) doy fe. – Y LOS COMPARECIENTES DICEN: Que por Escritura Pública número 153 de fecha 26 de agosto del corriente año autorizada por ante la suscripta, constituyeron la Sociedad PINAR S.R.L. la que se encuentra en trámite de inscripción en el Registro Público de Comercio bajo Expediente B-259404/11.- Que a fin de salvar las observaciones en el trámite de inscripción en su carácter de únicos socios vienen por este acto a modificar el OBJETO SOCIAL que en su cláusula tercera reza: “La Sociedad tendrá por Objeto las siguientes actividades: Comerciales compraventa, importación y exportación de mercaderías, maquinarias, materias primas, productos elaborados y semi-elaborados y frutos del país, especialmente los que se relacionan con el inciso siguiente, ejercer comisiones, consignaciones, representaciones y mandatos. Industriales: Mediante la extracción, transformación producción y elaboración de frutos, productos y subproductos, mercaderías y demás bienes relativos a la industria alimenticia, maderera y de la construcción.- Agropecuarias: Mediante la explotación en todas sus formas de establecimiento agrícolas ganaderos, frutícolas, cultivos forestales y de granja. Para el cumplimiento del objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica a los efectos de realizar todo tipo de actos y operaciones relacionados con aquél.” El que será sustituido por el siguiente “La Sociedad tendrá por Objeto las siguientes actividades: Comerciales compraventa, importación y exportación de mercaderías, maquinarias, materias primas, productos elaborados y semi-elaborados.- Ejercer comisiones, consignaciones, representaciones y mandatos. Industriales: Mediante la extracción, transformación producción y elaboración de frutos, productos y subproductos, mercaderías y demás bienes relativos a la industria, maderera y de la construcción. . Para el cumplimiento del objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica a los efectos de realizar todo tipo de actos y operaciones relacionados con aquél.- Quedando firmes y en plena vigencia y valor el resto de las cláusulas del contrato original que por este acto no se modifiquen-. Previa lectura y ratificación de los comparecientes firman por ante mí, Escribana Autorizante, doy fe.- Hay dos firmas insertas por loas comparecientes. Ante mí. Está mi firma y sello notarial.- CONCUERDA con su Escritura Matriz que pasó ante mí al folio 253 del Protocolo “A” de la Adscripción Registro Nº 44 a mi cargo, doy fe. Para los INTERESADOS, expido este PRIMER TESTIMONIO en una hoja de Actuación Notarial, la que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. MARIA CELESTE PEREZ, ADS. REG. Nº 44, S.S. DE JUJUY.-
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art 10 de la ley 19550.
San Salvador de Jujuy 23 de Septiembre de 2011.-
MARTA ISABEL CORTE
P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
14 OCT. LIQ. Nº 98630 $ 55,00.-








