BOLETÍN OFICIAL Nº 89 – 08/08/2011
DRA. MARISA RONDON- Juez por habilitación del juzgado de Primera instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 – Secretaria Nº 3, en el Expte. Nro. B-227223/10, caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA: SILVIA LILIANA CAVERLOTTI C/ MIRTA LILIANA BENITEZ Y KARINA PETRONA GARAY” hace saber a la SRA. KARINA PETRONA GARAY, que se ha dictado el siguiente PROVEIDO:”///San Salvador de Jujuy, 30 de mayo del 2011. – AUTOS Y VISTOS: …- RESULTA: -CONSIDERANDO: – RESUELVE: 1) Rechazar la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la SRA. MIRTA LILIANA BENITEZ por los fundamentos expuestos en los considerando y hacer efectivo el apercibimiento de ley en contra de la co-demandada SRA. KARINA PETRONA GARAY y en consecuencia mandar llevar adelante la presente acción ejecutiva seguida por la SRA. SILVIA LILIANA CAVERLOTTI en contra de las mencionadas, SRAS. MIRTA LILIANA BENITEZ Y KARINA PETRONA GARAY, hasta hacerse aquella integro cobro del capital reclamado de PESOS CUATRO MIL SETENTA Y NUEVE ($4.079,00) con mas los intereses pactados desde la mora y hasta su efectivo pago.- 2) Costas a las demandas vencidas (Art. 102 del C.P.C).- 3) diferir la regulación de los honorarios profesionales de los letrados actuantes hasta la presentación de la correspondiente planilla de liquidación.- 4) Notifíquese por cedulas, agréguese copia en autos, protocolícese y oportunamente archívese.- Fdo. Dra. Marisa Rondón – Juez por habilitación – Ante mi: Proc.Gustavo M. Ibarra – Secretario- Publíquese edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por TRES (3) VECES EN CINCO (5) DIAS-San Salvador de Jujuy, 02 de junio del 2011.-
03/05/08 AGO. LIQ. Nº 97094 $ 30,00.-








