BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 22/07/2011
El Tribunal Contencioso Administrativo Sala I de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-239624/10 Caratulado: Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción: RAMOS JUAN PONCIANO c/ COMISION MUNICIPAL DE SANTA CATALINA, notifica a la accionada Comisión Municipal de Santa Catalina, el siguiente decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Junio del 2011. Téngase por acreditado diligenciamiento de oficio 303 dirigido al Juez de Paz (fs. 100/108). Atento a lo solicitado en el escrito de fs. 109 y las constancias de autos, dese por decaído el derecho a contestar demanda, declarándose en rebeldía a la demandada Comisión Municipal de Santa Catalina. Notifíquese por cedula a la parte actora y líbrese oficio al Sr. Juez de Paz de dicha localidad para que notifique el presente proveído. Sin perjuicio de ello, publíquese edictos en el boletín oficial y un diario local por tres veces en diez días (art. 34 del C.C.A.). Facúltese para su diligenciamiento al Dr. Rene Ramos o persona que el mismo designe. Notifíquese por cédula. Fdo. Dr. LUIS OSCAR MORALES VOCAL PTE. DE TRÁMITE ANTE MI DR. EDUARDO BURGOS PROSECRETARIO.- SECRETARIA, 24 de Junio del 2011.-
13/18/22 JUL. LIQ. Nº 96998 $ 30,00.-








