BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 21/12/2011

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7, SECRETARÍA Nº 14, en el Expte Nº B-214.913/09, caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA: TARJETAS CUYANAS S.A. C/ ROSA PETRONA RODRIGUEZ”, se hace saber a la demandada Sra. ROSA PETRONA RODRIGUEZ, la siguiente SENTENCIA: “S.S. DE JUJUY, 12 de setiembre de 2011.- AUTOS Y VISTOS… CONSIDERANDO… RESUELVE: I.- Tener por presentado al Dr. ISIDORO ARZUD CRUZ, Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en nombre y representación de la Sra. Rosa Petrona Rodríguez, por constituido domicilio legal y parte, a mérito de las facultades conferidas por el Art. 196 del C.P.C. En consecuencia, mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por TARJETAS CUYANAS S.A. en contra de ROSA PETRONA RODRIGUEZ, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHO con 21/100 ( $ 4.308,21), con mas las costas del juicio y el interés a la Tasa Activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento e documentos, con más el 50% de los fijados precedentemente, como interés punitorio, desde la mora y hasta el efectivo pago.- II- Regular los honorarios del Dr. VICTOR ANDRES FARFAN, en la suma de PESOS : 633, 31,-, igual interés y desde la misma fecha que el capital hasta la presente. De allí y solo en caso de mora en el pago de los mismos, devengarán los intereses conforme la tasa activa, con más IVA si correspondiere.- III- Notificar la presente resolución a la accionada en la persona del Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes y mediante Edictos.- IV- Imponer las costas a la demandada ( art. 102 del C.P.C.)-V- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- VI- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VII- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes y a C.A.P.S.A.P.- Fdo: DRA . AMALIA I. MONTES- JUEZ. Ante mí: Proc. MARIA ANGELA PEREIRA – SREIA.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- SECRETARÍA: Proc. MARIA ANGELA PEREIRA.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Setiembre de 2011.-

16/19/21 DIC. LIQ. Nº 99614 $ 30,00.-