BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 19/12/2011

Dr. MIGUEL ANGEL MASACESSI – Vocal Pte. de la Cámara Civil y Comercial – Sala IV del Centro Judicial San Pedro de Jujuy, en Expte. N° A-34473/07 caratulado – “ORDINARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS – FABIAN MARCELO NAVARRO ALVAREZ y MARCELA FABIANA CERVANTES c/ LUIS ALBERTO ARIAS; DOMINGO ONOFRE SARAPURA y LIDIA CONDORI”., procede a notificar los siguientes proveídos: SAN PEDRO DE JUJUY, 9 de Agosto de 2007.- I.- Por presentado el Dr. DANIEL ALEJANDRO DIAZ; por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de FABIAN MARCELO NAVARRO ALVAREZ y MARCELA FABIANA CERVANTES.- No habiendo acreditado en autos el instrumento invocado, intímese al letrado para que en el término de DOS (2) DIAS HABILES proceda a justificar en forma debida su personería, bajo apercibimiento – si no lo hiciere-, de tenerlo por no presentado en este proceso y declarar sin más, la nulidad de lo actuado (art. 60; arg. art. 71 Cód. Proc. Civil).- II.- Atento la Demanda Ordinaria por Daños y Perjuicios incoada en contra de los Sres. LUIS ALBERTO ARIAS, domiciliado en calle Scaro N° 209, Barrio Bernacchi de esta ciudad, y DOMINGO ONOFRE SARAPURA y LIDIA CONDORI, ambos con domicilio en calle Nahuel Huapi N° 348 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, admítase la misma, que se tramitará conforme las normas del Juicio Ordinario Oral (art. 287 del Cod. Proc. Civil).- III – Conforme lo peticionado, suspéndase el traslado de la demanda hasta que su trámite sea instado por la actora, sin perjuicio de lo dispuesto por art. 200 del Código Procesal Civil.- IV- Notificaciones en Secretaria Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- V.- Notifíquese por Cédula.- Fdo: Dr. MIGUEL ANGEL MASACESSI Vocal Pte. de Trámite – Ante mi: Escribano GUILLERMO GIMENEZ OTERO – Prosecretario-” SAN PEDRO DE JUJUY. 28 de Diciembre de 2010.- I.- Téngase presente la Ampliación de Demanda formulada por la co-actora MARCELA FABIANA CERVANTES, y conforme lo peticionado, córrase traslado a los accionados LUIS ALBERTO ARIAS, domiciliado en calle Scaro N° 209, Barrio Bernacchi de esta ciudad y DOMINGO ONOFRE SARAPURA y LIDIA CONDORI, ambos con domicilio en calle Nahuel Huapi N° 348 de la ciudad de San Salvador de Jujuy para que la contesten en el plazo de QUINCE (15) DIAS HABILES, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere (art. 298 Cod. Proc. Civil), intimándolo asimismo a que constituya domicilio legal en el radio de 3 Km. del asiento de esta Sala bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones cualesquiera fuere su naturaleza, por Ministerio de ley (art. 52 Cod. Proc. Civil).- II.-….- III.- Notifiquese.- Fdo: Dr. MIGUEL .ANGEL MASACESSI Vocal Pte. de Trámite – Ante mi: Escribano GUILLERMO GIMENEZ OTERO – Prosecretario- Publiques por tres( 3) veces en cinco (5)días en Boletín Oficial y un diario de circulación provincial.- San Pedro de Jujuy, 01 de Noviembre de 2011.-

14/16/19 DIC. LIQ. Nº 99575 $ 30,00.-