BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 12/12/2011
DRA. AMALIA INES MONTES – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 7, SECRETARIA N° 13, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, hace saber a SUSANA MIRANDA, que en el Expte. N° B-222438/09, caratulado: “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. c/ ESTEFANO JESUS SALVADOR”, se ha dictado la siguiente resolución: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 DE SEPTIEMBRE DE 2011.- AUTOS Y VISTOS:…-CONSIDERANDO:…-RESUELVE: I.-Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra de JESUS SALVADOR ESTEFANO hasta hacerse el acreedor del Integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS CUATRO MIL SETECIEN’I’OS CON SESENTA CTVOS. ($ 4.700,60), con más el interés a la TASA ACTIVA que cobra el Banco de la Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos comerciales, desde la mora y hasta el efectivo pago y un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa ordenada precedentemente, conforme lo considerado, desde la mora (10/09/2008) y hasta su efectivo pago.- II.-Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).-III.-Regular los honorarios profesionales del DR. CARLOS A.D. AGUlAR en la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA CON NOVENTA Y NUEVE CTVOS. ($ 690,99) por la labor desarrollada en autos, con más intereses conforme el capital pero hasta la presente fecha, de ahí en más y sólo en caso de mora devengará intereses a igual TASA ACTIVA conforme L.A. N° 54 N° 235-S.T.J. in re: “Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otros”, conforme lo considerado, con más I.V.A. si correspondiere.- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VI.- Notificar por cédula, por edictos y a C.A.P.S.A.P..- VII.-Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- FDO. AMALIA INES MONTES – JUEZ – ANTE MI DRA. LUISA CARMEN BURZMIÑSKI – c/ FIRMA HABILITADA”.- Publíquese por EDICTO en el Boletín Oficial, y un Diario Local, por TRES VECES en el término de CINCO DIAS.- SALVADOR DE JUJUY, 16 de Septiembre de 2.011.-
12/14/16 dic. Liq. Nº 99522 $ 30,00.-








