BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 12/12/2011
DR. ENRIQUE MATEO, Vocal de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial y Presidente de Tramite en el Expte. Nº B-205651/09, Caratulado: “PRESCRIPCION ARQUISITIVA: RAMOS, ELISEO JORGE Y OTROS C/ LLAMPE, JUAN ANTONIO” ordena por este medio notificar la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 04 de Noviembre de 2011”…CONSIDERANDO…: RESUELVE: I. Hacer lugar a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio promovida por Eliseo Jorge Ramos, Sara Elisa Maizares, Elda Leticia Ramos y Idelmo Haroldo Tolaba en contra de Juan Antonio Llampe. En consecuencia declarar que por la posesión de veinte años han adquirido la propiedad del inmueble individualizado como Padrón C-154, Circunscripción 1, Sección 2, Parcela 65ª, Matricula C-1378, ubicado en el Distrito La Toma, Departamento San Antonio, Provincia de Jujuy, con una superficie de 30 ha, 2.971,62 m2, conforme surge del Plano de Mensura aprobado por Resolución Nº 08.371 de la Dirección General de Inmuebles el 02-07-08.- II. Imponer las costas del juicio por el orden causado.- III. Regular los honorarios profesionales del Dr. Manuel Antonio Rojas en $ 15.000 y los de la Lic. Mirta Elvira Paredes en $ 800 a los importes consignados se agregan los intereses establecidos en el considerando VI e IVA si correspondiere.- IV. Ordenar la publicación de la parte dispositiva de la presente sentencia conforme lo exige el articulo 541, en las mismas condiciones previstas en los artículos 531 y 532 del C.P.C (modificado por ley 5.486).- V. Firme y ejecutoriada la presente, disponer la inscripción del dominio del inmueble a nombre Eliseo Jorge Ramos, Sara Elisa Maizares, Elda Leticia Ramos y Idelmo Haroldo Tolaba, a cuyo efecto se extenderá testimonio de la parte dispositiva de la presente, el que por oficio se remitirá a esos fines a la Dirección General de Inmuebles, dejándose constancia que una vez cumplida la inscripción se entregara como titulo a la demandante.- VI. Notificar por cedula a las partes y deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la resolución General Nº 443/89 de la Dirección de Rentas de la Provincia, protocolícese y oportunamente archívese.- Fd. Dres ENRIQUE R. MATEO, NOEMI DEMATTEI DE ALCOBA y JORGE DANIEL ALSINA VOCALES, Ante mi CESAR BAREA Prosecretario.- San Salvador de Jujuy, 29 de Noviembre de 2011:…CONSIDERANDO…..RESUELVE: 1)-Hacer lugar a lo solicitado a fs.189 por el Dr. MANUEL ANTONIO ROJAS con los alcances dados en los considerandos de la presente. 2)-Agréguese copia en autos, Notifíquese, regístrese y archívese.- Fdo. Dres. ENRIQUE R. MATEO, NOEMI DEMATTEI de ALCOBA y JORGE DANIEL ALSINA, VOCALES, ante mi: CESAR BAREA- Prosecretario.- Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de Diciembre de 2011.-
12/14/16 dic. Liq. Nº 99581 $ 30,00.-








