BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 02/12/2011
Dr. Norberto A. Costamagna, Vocal Nº 8 del Tribunal de Familia del Centro Judicial San Pedro, hace saber que en el Expte. Nº A-46198/10, caratulado: “Divorcio Vincular: Delgado, Antonio c/ Quesada, Nelida del Valle”, se hay dictado la siguiente providencia: “Pedro de Jujuy, Octubre 18 de 2011.- I.- Vista presentación de fs. 27 y demás constancias de autos, admítase la presente demanda de Divorcio Vincular deducida por Antonio Delgado (DNI Nº 8.302.119) en contra de la Sra. Nélida del Valle Quesada (DNI Nº 14.208,050), la que se tramitará conforme previsiones de los artículos 288, 298 y concordantes del Código Procesal Civil. II.- Agréguese la prueba instrumental presentada, córrase traslado de la misma a la accionada Sra. Nélida del Valle Quesada (DNI Nº 14.208.050) para que la conteste dentro del plazo de quince días de notificada (Artículo 298 del Código procesal Civil), bajo apercibimiento de ley. III.- Notifíquese a la Sra. Nélida del Valle Quesada (DNI Nº 14.208.050), conforme lo dispone el artículo 162 del Código Procesal Civil, publicándose Edictos en el Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco días. IV.- Notifíquese al letrado interviniente mediante cédula.- Fdo.: Dr. Norberto Costamagna – Vocal Tribunal de Familia, ante mi: Dra. Fabricio Melano Singh – Prosecretaria T. J.- San Pedro de Jujuy, 25 de octubre de 2011.-
02/05/07 DIC. LIQ. Nº 99495 $ 30,00.-








