LEY Nº 2440

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 2440
ARTICULO 1.- Autorízase el funcionamiento de un casino en el Hotel
Termas de Reyes para juegos de “ruleta” y/o naipes.
ARTICULO 2.- Facúltase al Poder Ejecutivo, para convenir la
contratación directa de la explotación del Casino con “Lotería de
Beneficencia Nacional y Casinos” o en su defecto, la adjudicación a
particulares por Licitación Pública.
ARTICULO 3.- Derógase todas las disposiciones que se opongan a la
presente.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de Agosto de 1958.-
RAMON RENE VALDEZ
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente