BOLETÍN OFICIAL Nº 117 – 17/10/2011
Dr. JUAN CARLOS CORREA, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 8, SECRETARIA A CARGO DE LA DRA. TERESA LEWIN NAKAMURA, procede a notificar que en el Expte. Nº A-49234/11, caratulado: “SUMARISIMO POR SUPRESION DE APELLIDO MATERNO SOLICITADO POR RAFAEL ARMANDO CARLOS y SILVANA VANESA MAMANÍ”, el Señor Juez de la causa ha dictado el siguiente decreto: ///SAN PEDRO DE JUJUY, 30 de Agosto de 2011.- I.- Téngase por presentados a los Sres. RAFAEL ARMANDO CARLOS y SILVANA VANESA MAMANI, por sus propios derechos, con el patrocinio letrado del Dr. JUAN PABLO GOMAR y tener por constituido domicilio legal por parte.- II.- Téngase por deducido el Sumarísimo por Supresión de Apellido Materno solicitado por los recurrentes, en las partidas de nacimiento de su hijo FACUNDO GABRIEL CARLOS MAMANI, de acuerdo a lo estatuido por los arts. 417 y 419 del C.P.C. y el art. 17 de la Ley Nº 18248 en cuanto “ La modificación, cambio o adición del nombre o apellido, tramitará por el proceso sumarísimo con intervención del Ministerio Público”.- III.- Teniendo en cuenta que el nombre es una institución compleja que protege intereses individuales y sociales, pues al mismo tiempo que constituye un derecho a la personalidad desempeña la función social de identificar a las personas, es, en síntesis un derecho – obligación de identidad. El nombre de las personas se halla integrado por los elementos: el prenombre, nombre de familia o patronímico, el nombre de las personas es el que resulta de las partidas del Registro Civil. Se debe aplicar lo establecido en la primera parte del art. 4 de la mencionada ley.- IV.- Téngase por acreditada la legitimación activa de los actores, de acuerdo a las constancias de fs. 01/04 de autos.- V.- En cumplimiento de lo establecido por el art. 17 de la Ley Nº 18248, ordenase la publicación de edictos en un diario provincial y en el boletín oficial una vez por mes en el lapso de dos meses, cumplido el plazo allí establecido, se tendrá por decaído el derecho a oposición, tal lo ordenado por dicha normativa.- VI.- Cumplido lo antes ordenado désele participación al Ministerio Público Fiscal a sus efectos.- VII.- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil en caso de feriado.- VIII.- Notifíquese.- FDO. DR. JUAN CARLOS CORREA – Juez – ante mi DRA. TERESA LEWIN NAKAMURA – Secretaria.- Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y Diario de amplia circulación local una vez por mes en el lapso de dos meses.- San Pedro de Jujuy, 30 de Agosto de 2011.-
16 SEPT. 17 OCT. LIQ. Nº 97693 $ 30,00.-








