BOLETÍN OFICIAL Nº 100 – 05/09/2011
Dr. Roberto Siufi, Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº 7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-206.693/09, caratulado: “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/ MONROY, EFRAIN” Notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en Cinco días, para cuyo caso el término del emplazamiento comenzará a correr a partir del Quinto Día de la ultima publicación, a la parte demandada Sr. EFRAIN MONROY, D.N.I. N° 22.583.287, del proveído de fs. 10.-: “San Salvador de Jujuy, 06 de MAYO de 2009.- Téngase por presentado el Dr. ALFREDO JUAN PABLO ROMÁN CARNIELLIS, en nombre y representación de CREDINEA S.A., a merito del Poder Gral. para Juicios que en fotocopia juramentada acompaña, por constituido domicilio legal y por parte. De conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 y s.s. del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado SR/A. EFRAIN MONROY, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CINCUENTA CTVOS ($3.748,50)-concepto de capital reclamado con más la suma de PESOS UN MIL CIENTO VEINTICUATRO CON CINCUENTA Y CINCO CTVOS ($1.124,55) presupuestadas para responder a acrecidas legales y costas del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, debiendo designar depositario judicial de lo mismos al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.- Asimismo, requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o de los acreedores y cíteselo para que en el termino de CINCO DÍAS, contados a partir de su notificación, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en los Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7 a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo de llevarse adelante la presente ejecución.- Asimismo, córrase traslado, del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por igual término, intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres Km. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por Ministerio de Ley las posteriores resoluciones que se dicten, cualquiera sea su naturaleza (Art. 52 y 154 C.P.C.) Notificaciones en Secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. JUEZ DE PAZ de PALPALÁ con las facultades inherentes al caso.- Notifíquese.- FDO. Dr. ROBERTO SIUFI: JUEZ. ANTE MI Dra. PATRICIA ORTIZ ARAMAYO. Prosecretaria.” Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un diario oficial, por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 28 de ABRIL de 2011.- Dra. MARIANA DEL VALLE DRAZER, Secretaria.-
02/05/07 SEPT. LIQ. Nº 97550 $ 30,00.-








