BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 31/08/2011
LA Dra. MARÍA CRISTINA MOLINA LOBOS, Juez en lo Civil y Comercial N° 6, Secretaría N° 12 en el expte. N° B-209.600/09, caratulado: “EJECUTIVO… PULLEN LLERMANOS, PABLO MARTÍN C/RODRÍGEZ, MARGARITA DEL ROSARIO”, procede a notificar el siguiente proveído:”SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DE MARZO DE 2011.- AUTOS Y VISTOS:…”, y CONSIDERANDO:…”, RESUELVE: 1°) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por PULLEN LLERMANOS PABLO NARTÍN en contra de RODRÍGUEZ MARGARITA DEL ROSARIO hasta que la primera se haga integro pago del capital reclamado de PESOS OCHO MIL (8.000) con más los intereses a la tasa activa promedio que el Banco de la Nación Argentina percibe en sus operaciones de descuento de documentos comerciales desde la mora y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere. 2°) Imponer las costas a la demandada vencida (Art. 102 del C.P.C.). 3°) Regular los honorarios profesionales del letrado interviniente Dr. MARTEARENA JUAN IGNACIO en la suma de PESOS MIL CIENTO SETENTA Y SEIS (1.176), por su actuación en el doble carácter, suma esta que devengará el mismo interés que el dispuesto para el capital, desde igual época pero hasta la fecha de la sentencia. De ahí en más sólo en caso de mora, devengará interés conforme a la Tasa pasiva promedio que fija diariamente el Banco Central de la República Argentina, la que será calculada conforme a la fórmula que establece el comunicado 14.290 del B.C.R.A., hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere. 4°) Notificar por edictos en el boletín oficial y en lo sucesivo por Ministerio de la ley (art. 154 del C.P.C.). 5°) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Notifíquese por cedula. FDO. DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS – JUEZ – ANTE MI DRA. MARCELA FICOSECO Firma Habilitada. SAN SALVADOR DE JUJUY, 6 de agosto de 2011.-
26/29/31 AGO. LIQ. Nº 97512 $ 30,00.-








