BOLETÍN OFICIAL Nº 95 – 24/08/2011

“La Policía de la Provincia de Jujuy, en el Expediente Nº 0412-00498/10, caratulado: “POLICIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY, SOLICITA SE DICTE DECRETO DISPONIENDO EL RETIRO POR INVALIDEZ DEL PERSONAL DE ESTA REPARTICION POLICIAL POR ENCONTRARSE EN LAS PREVISIONES DE LA LEY DE RETIROS Y PENSIONES Nº 3759/81”, notifica al Señor BERARDI QUIROGA, DNI Nº 7.277.017, conforme las previsiones del Art. 51º inc. ) y 59º de la Ley Nº 1886/48 de los términos de DECRETO Nº 8012-G/11, SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 de mayo de 2011, VISTO…Y CONSIDERANDO:…por ello, en uso de las facultades que le son propias.- EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTICULO 1º.- Dispónese, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el cese en el servicio activo del Cabo 1ro. De la Policía de la Provincia BERARDI QUIROGA, DNI Nº 7.277.017, Legajo Nº 14.013, por encontrase comprendido en las disposiciones previstas en el Art. 14º inc. k) en concordancia con el art. 22º inc. c) de la Ley 3759/81 (Retiro Obligatorio por Invalidez por enfermedad desvinculada del Servicio). ARTICULO 2º.- Por Policía de la Provincia (Departamento Personal) notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado en el Capitulo III, Art. 50º, 51º y ccs. De la Ley 1886/48, bajo apercibimiento de la Instrucción de los sumarios administrativos judiciales pertinentes por incumplido a lo normado por el presente Decreto.- ARTICULO 3º.- de forma firmado: Dr. WALTER BASILIO BARRIONUEVO-GOBERNADOR, Dr. PABLO LUIS LA VILLA- Ministro a/c Jefatura de Gabinete; Dr. PABLO LUIS LA VILLA-Ministro de Gobierno y Justicia.- Publíquese en el Boletín Oficial por cinco días.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de agosto de 2011.-

24/26/29/31 AGO. 02 SEPT. S/C.-