BOLETÍN OFICIAL Nº 93 – 17/08/2011
EL DR. ENRIQUE ROGELIO MATEO, Pte. de Trámite de la causa judicial individualidad como Expte. Nº B-253765/11, caratulado: “DEMANDA DE USUCAPION MAMANI, PEDRO C/ MAMANI, JUAN PABLO Y OTROS”, radicada en la Sala II, de la Cám. Civ. y Com., ha dispuesto notificar el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 de junio de 2011: Por presentada a fojas 3 la Dra. LORENA DEL CARMEN CAMMUSO, por constituido domicilio legal en nombre y representación de Pedro Mamani a mérito de la fotocopia de poder general debidamente juramentada que acompaña a fojas 2 de autos. Atento al estado del trámite cítase en los términos del Art. 531 del C.P. Civil (conforme modificación Ley 5486) a los demandados Juan Pablo Mamani, Erminda Alicia Mamani y José Luis Mamani y quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Circ. 1, Sección 14, Parcela s/n., Padrón L 467, ubicado en el Distrito Pucará, Dpto. Rinconada, Pcia. de Jujuy, para que comparezcan a proceso dentro de los QUINCE DIAS de notificados con más CUATRO DIAS de ampliación legal en razón de la distancia, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo en lo sucesivo. Para su notificación publíquense edictos por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y un diario local. Téngase presente las ampliaciones de fs. 34/38 y 42 de autos.- Notifiquese en Secretaria: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Notifiquese por cédula.- Fdo.: Dr. ENRIQUE R. MATEO-Vocal ante mi: CESAR BAREA-Prosecretario”.- Publíquese mediante edictos por TRES VECES EN CINCO DIAS en el Boletín Oficial y un diario local.-
15/17/19 AGO. LIQ. Nº 97184 $ 30,00.-








