BOLETÍN OFICIAL Nº 92 – 15/08/2011

DRA. MARIA CRISTINA LOBOS – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 6 SECRETARIA N° 12, en el Expte. B-217293/09: EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. C/ YANEZ HECTOR OMAR”, se procede a notificar al Señor HECTOR OMAR YANEZ del siguiente Decreto: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 1 DE OCTUBRE DE 2009. Téngase por presentado el Dr. GUILLERMO RAUL JENEFES, con el patrocinio letrado del DR. JUAN SEBASTIAN JENEFES QUEVEDO por constituido domicilio legal, por parte y en nombre y representación del BANCO MACRO S.A. a merito del Poder General para juicios que adjunta.- En consecuencia, atento a la demanda ejecutiva deducida y lo dispuesto por los arts. 472, 478, correlativos del C.P.C., librése mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Señor YANEZ HECTOR OMAR mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS: TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 3.344,40) en concepto de capital reclamado con mas la de PESOS: SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE ($ 669,00) presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio.- En defecto de pago, TRABESE EMBARGO sobre bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades. Debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndole la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo cítesela de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución.- III.- Asimismo, corrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho tuviere lugar.- IV.- Por el mismo termino intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 52 del Item.- Notificaciones en Secretaria, Martes y Jueves o el siguiente dia hábil si alguno de ellos fuere feriado.- V.- Notifiquese Art. 154 del C.P.C. – FDO. DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS– JUEZ-ANTE MI: DRA. CLAUDIA R. CUEVAS – SECRETARIA.- Se le hace saber al demandado que los términos se comenzarán a contar a partir de la ultima publicación, bajo apercibimiento de designarse un Defensor Oficial.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES en el término de CINCO DIAS.- SAN SALVADOR DE JUJUY, mayo 5 de 2011.-

10/12/15 AGO. LIQ. Nº 97147 $ 30,00.-