BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 10/08/2011
Dr. Roberto Siufi, Juez Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº 7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-209.501/09, caratulado: “PREPARA VÍA EJECUTIVA: CREDIMAS S.A. C/ CERMESONI, ALBERTO RAMON” Notifíquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en Cinco días, para cuyo caso el término del emplazamiento comenzará a correr a partir del Quinto Día de la ultima publicación, a la parte demandada Sr. ALBERTO RAMON CERMESONI, D.N.I. N° 25.377.761, del proveído de fs. 21.-: “San Salvador de Jujuy, 29 de SEPTIEMBRE de 2009.- Atento el informe actuarial que antecede, téngase por expedita la Vía ejecutiva, en consecuencia, líbrese mandamiento de PAGO, EJECUCIÓN Y EMBARGO en contra del demandado SR/A. ALBERTO RAMON CERMESONI en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON NOVENTA Y TRES CTVOS ($2.236,93)-concepto de capital reclamado con más la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON SIETE CTVOS ($661,07) calculadas para responder a ulteriores del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre los bienes de propiedad del demandad hasta cubrir ambas cantidades, debiendo designar depositario judicial de lo mismos al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley.- Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o de los acreedores y cíteselo para que en el termino de CINCO DÍAS, con más UN DÍA en razón de la distancia, contados a partir de su notificación, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en los Civil y Comercial Nº 4, Secretaria Nº 7 a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo de llevarse adelante la presente ejecución.- Asimismo, córrase traslado, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por igual término, intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres Km. Del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por Ministerio de Ley las posteriores resoluciones que se dicten, cualquiera sea su naturaleza (Art. 52 y 154 C.P.C.) Notificaciones en Secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. JUEZ DE PAZ DE LIBERTADOR GRAL. SAN MARTÍN con las facultades inherentes del caso.- Notifíquese.- FDO. Dr. ROBERTO SIUFI: JUEZ. ANTE MI Dra. PATRICIA ORTIZ ARAMAYO. Prosecretaria.”.- Publíquese Edictos, en el Boletín Oficial y en un diario oficial, por tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy, 09 de JUNIO de 2011.-Dra. MARIANA DEL VALLE DRAZER, Secretaria.-
05/08/10 AGO. LIQ. Nº 97176 $ 30,00.-








