BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 10/08/2011
Dra. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 -Secretaría N° 11, en el Expte. Nº B-248.337/11, caratulado: “CONCURSO PREVENTIVO de Acreedores solicitado por TRANSPORTE SAN JOSÉ S. A.” y del Expte. Nº 255.285/11, caratulado: “CONCURSO PREVENTIVO de Acreedores solicitado por TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS FIGUEROA S.A.”, (en caso de Agrupamiento)” hace saber por este medio que en los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de julio de 2011. AUTOS Y VISTOS…CONSIDERANDO… RESUELVE: 1)Declarar la apertura del concurso preventivo de acreedores en Caso de Agrupamiento de la empresa “Transporte San José S. A.” y de la empresa “TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS FIGUEROA S.A.”, ambas con domicilio legal en calle Independencia Nº 219 de esta ciudad capital.2) Fijar audiencia para el día 2 del mes de agosto de 2.011, a horas 8.30, la que se llevará a cabo en la Superintendencia del Poder judicial, de conformidad a lo dispuesto en la Acordada de fecha 12 de junio de 1.996, debiéndose librar para su conocimiento el oficio pertinente, haciendo constar que conforme lo dispone el art. 67, segundo párrafo de la L.C.Q., corresponde la designación de sólo un síndico para todo el agrupamiento.3) Establecer que el día 17 de noviembre del 2.011, vencerá el plazo para que los acreedores presenten los pedidos de verificación de créditos al Síndico actuante, juntamente con los títulos justificativos de sus créditos.4) Ordenar que se publiquen por ambas empresas concursadas durante cinco días los edictos en el Boletín Oficial y en un diario local, debiendo acreditar su cumplimiento y exigencias conforme a lo que establecen los arts. 27 y 28 de la ley 24.522, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido. 5) Intimar a las empresas deudoras para que en el plazo de tres días de notificado, presente ante la Secretaría del Juzgado los libros que lleven referidos a su situación patrimonial, a los fines previstos en el inc. 5 del art. 14 de la L.C.Q.6) Ordenar la anotación de la apertura del presente concurso preventivo de acreedores en Caso de Agrupamiento, al Registro de Concursos, a la AFIP – DGI , a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, Dirección Provincial de Transporte, Registro de Marcas y Señales, Registro de Créditos Prendarios, Registro de la Propiedad del Automotor, Registro de Inmuebles, Dirección General de Rentas y Registro Público de Comercio.7) Decretar la Inhibición General para disponer y gravar bienes registrables de las empresas concursadas. Al efecto líbrense los oficios a las instituciones mencionadas en el inciso anterior.8) Intimar a las concursadas para que dentro de tres días de notificada la presente, deposite judicialmente la suma de quinientos pesos ($ 1.500) para abonar los gastos de correspondencia. 9) Establecer que el día 15 de febrero del año 2.012, deberá la sindicatura presentar los informes individuales de los créditos conforme a las prescripciones del art. 35 de la L.C.Q. y el día 4 de abril del año 2.012, vencerá el plazo para que presente el Informe General sobre la situación de la concursada, conforme lo establece el art. 39 de la L.C.Q.10) Citar a los acreedores a la audiencia informativa prevista en el inc. 10 del art. 14 de la ley 24.522, para el día 20 de junio del año 2.012, a horas. 9.30 y en consecuencia fijar el vencimiento del plazo del período de exclusividad para el día 27 de junio del año 2.012, la que deberá ser notificada a los trabajadores de las empresas deudoras mediante su publicación por medios visibles en todos sus establecimientos.11) Correr vista al síndico que resulte designado por el plazo de diez (10) días, el que se computará a partir de la aceptación del cargo, a fin de que se pronuncie sobre los PASIVOS LABORALES denunciados por el deudor y para que previa auditoría en la documentación legal y contable, informe sobre la existencia de otros créditos laborales comprendidos en el PRONTO PAGO.12)Intimar al síndico a emitir un informe mensual sobre la evolución de la empresa, si existen FONDOS LÍQUIDOS DISPONIBLES y el cumplimiento de las normas legales y fiscales.13)Constituir el Comité de Control, con: MILENIUM S.R.L., con domicilio en Vilcapugio Nº 1.987, PORTICO CONSTRUCCIONES S.A. – ALTE. BROWN NEUMATICOS, con domicilio en Alte. Brown Nº 55, JUJUY MATERIALES S.R.L. con domicilio en Alte. Brown Nº 2310 y los Sres. FLORES MARIO ALBERTO con domicilio en Avda. Bolivia 2551, Barrio Los Huaicos y ALEMAN JOSE ANTONIO con domicilio en calle Marambio Nº 497, 95 viviendas de Alto Comedero, en su calidad de delegados sindicales y hasta tanto las concursadas informen sobre el representante de los trabajadores elegidos de entre ellos, para lo cual se le otorga el plazo de QUINCE (15) DÍAS, quienes tendrán a su cargo las funciones y atribuciones establecidas por el art. 260, debiéndose cursar las notificaciones pertinentes en los domicilios denunciados en la nómina que se adjunta.14) Ordenar la remisión a este Juzgado de todos los juicios de contenido patrimonial que se siguen en contra de las empresas concursadas, salvo las excepciones previstas en el art. 21 incs. 1, 2 y 3 de la L.C.Q. Prohibir la deducción de nuevas acciones de contenido patrimonial contra las concursadas por causa o título anterior a la presentación, salvo las que no sean susceptibles de suspensión según el art. 21. Librar los oficios correspondientes.15) Por Secretaría procédase a formar el legajo de copias que exige el art. 279 de la ley 24.522.16) Conforme lo dispuesto en el art. 6 de la ley 24.522 intímese al letrado presentante a acompañar en el plazo previsto en el citado artículo constancia de la resolución de continuar con el trámite, bajo apercibimiento de disponerse la cesación del procedimiento.17) Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula y las ulteriores por Ministerio de la Ley (art. 26 de la L.C.Q.).Fdo. Dra. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS – Juez. Ante mí: Dra. MARIA SUSANA ZARIF – Secretaria”.- Publíquense edictos durante cinco días en el boletín Oficial y un diario de amplia circulación local.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de julio de 2.011.-
01/03/05/08/10 AGO. LIQ. Nº 97065 $ 50,00.-








