BOLETÍN OFICIAL Nº 78 – 13/07/2011

EL DR. ROBERTO SIUFI, Juez en lo Civil y Comercial N° 4 Secretaria N° 8, en el Expte. B-219413/09: caratulado: “EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. C/ ABRAHAM MARIO ALEJANDRO, se procede a notificar el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Mayo de 2011.- AUTOS Y VISTOS:…RESULTA:… CONSIDERANDO….RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por BANCO MACRO S.A., en contra del Sr. ABRAHAM MARIO ALEJANDRO, hasta hacerse del integro pago del Capital reclamado o sea la suma de Pesos UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON TREINTA Y NUEVE CTVOS. ($ 1.887,39), que surge de pagaré firmado a la vista, en fecha 29/05/2008, con más las costas del Juicio y el interés promedio de la Tasa Activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 565 del C. Civil), con más el CINCUENTE POR CIENTO (50%) de los mismos en concepto de intereses punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago, mas IVA si correspondiere.- II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. JENEFES GUILLERMO, en la suma de Pesos TRESCIENTOS ($ 300.-) y del Dr. JENEFES QUEVEDO JOAQUIN, en la suma de PESOS SETECIENTOS ($ 700.-), en conformidad con la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en (L.A. N° 14, F° 27/28, N° 16, 11/03/11), cantidad que devengara el interés promedio de la Tasa Pasiva que para el uso de la Justicia publica mensualmente el Banco Central de la Republica Argentina (L.A. N° 977/978, N° 429, 29/10/02 y L.A. N° 45. F° 1.185/1.188, N° 519, 12-12-02, adicionándosele I.V.A. si correspondiere, a partir de firme y consentida la presente.- III.- Hacer Efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 44, mandándose notificar la presente Resolución por cedula, Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. IV.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.). V.- Agregar copia en autos, hacer saber, etc.- FIRMADO DR. ROBERTO SIUFI, JUEZ ANTE MI, DRA. ORTIZ ARAMAYO, PATRICIA, SECRETARIA HABILITADA.- Publíquese edictos por tres veces en CINCO DIAS en un Diario Local y en el Boletín Oficial.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Mayo de 2011.- Secretaria N° 8, a cargo de la DRA. ORTIZ ARAMAYO, PATRICIA, SECRETARIA HABILITADA.-

11/13/15 JUL. LIQ. Nº 96969 $ 30,00.-