BOLETÍN OFICIAL Nº 76 – 08/07/2011

Dr. Roberto Siufi, Juez Civil y Comercial N° 4 Secretaria N° 7 de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-241110/10 caratulado: “Ejecutivo: Banco Macro S.A. C/ Ruiz Cristian Sebastián”.- Notifiquese mediante Edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial y un diario local, Tres veces en Cinco Días, para cuyo caso el termino del emplazamiento comenzara a correr a partir del Quinto Dia de la ultima publicación, a la parte demandada Sr. CRISTIAN SEBASTIAN RUIZ D.N.I. N° 29.404.312, del proveído a fs. 13: “San Salvador de Jujuy, 21 de OCTUBRE de 2010.- I.- Por presentado el Dr. Guillermo Raúl Jenefes, en nombre y representación de BANCO MACRO S.A., a merito del Poder Gral. para Juicios que en fotocopia juramentada acompaña, con el patrocinio letrado del DR. JOAQUIN GUILLERMO JENEFES QUEVEDO. Por constituido domicilio legal y por parte.- De conformidad a lo previsto por los Arts. 472, 478 y ss del C.P.C., librése mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado RUIZ, CRISTIAN SEBASTIAN, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS CATORCE MIL TREINTA Y CINCO CON SESENTA Y NUEVE CTVOS. ($ 14.035,69.-) en concepto de capital reclamado con mas la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS DIEZ CON SETENTA CTVOS. ($ 4.6210, 70.-) presupuestada para responder a acrecidas legales y costas del juicio. En defecto de pago, trabése EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, debiendo designar depositario judicial de los mismos al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso, exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo para que en el termino de CINCO DIAS, contados a partir de su notificación concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4, Secretaria N° 7, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo de llevarse adelante la presente ejecución.- IV.- Asimismo corrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por igual termino, intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por Ministerio de Ley las posteriores resoluciones que se dicten cualquiera sea su naturaleza (Art. 52 y 154 del C.P.C.). V.- Notificaciones en Secretaria, martes y jueves o el siguiente dia hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al SR. Oficial de Justicia y/o Juez de Paz, con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica en caso necesario.- Notifiquese. “Fdo. DR. ROBERTO SIUFI: JUEZ – ANTE MI – DRA. MARIANA DEL VALLE DRAZER –SECRETARIA.-Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local, por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 10 de Mayo de 2011.- Dra. MARIANA DEL VALLE DRAZER, Secretaria.-

08/11/13 JUL. LIQ. Nº 96966 $ 30,00.-