BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 04/07/2011

CONVOCATORIAS- CONTRATOS

CESION DE CUOTAS Y MODIFICACION DE CONTRATO SOCIAL

En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 12 días de Mayo de 2011 comparecen a este acto el Sr. ATILIO BERARDI, DNI. Nº 8.190.946, argentino, 68 años de edad, casado, médico, con domicilio en calle Patricias Argentinas Nº 471 de esta ciudad; el Sr. BRUNO BERARDI HUEDA, DNI. Nº 24.612.379, argentino, 35 años de edad, casado, ingeniero agrónomo, con domicilio en Finca Santa Cecilia, San Vicente Dpto. El Carmen, Provincia de Jujuy, ambos revistiendo el carácter de únicos socios de la sociedad SANTA CECILIA S.R.L., justificando la existencia de la sociedad y la personería que invocan con el contrato social otorgado con fecha 11 de Marzo de 2005, el cual fue inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy con fecha 07 de Abril de 2005, al Folio Nº 398, Acta Nº 386, del Libro II de S.R.L., registrado con copia, bajo asiento Nº 10, al Folio 61/69, al Legajo X del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., y sus posteriores modificaciones registradas con copias en fecha 03 de Mayo de 2007, bajo Asiento Nº 20 al Folio 96/107 del Legajo X – Tomo I de Marginales del Reg. de Escrituras Mercantiles de S.R.L. y en fecha 15 de Septiembre de 2008, bajo Asiento Nº 58 al Folio 312/315 del Legajo XI – Tomo II de Marginales del Reg. de Escrituras Mercantiles de S.R.L.; y la Sra. JIMENA ANA CUBELA, DNI. Nº 26.280.754, 33 años de edad, casada, domiciliada en Finca Santa Cecilia, San Vicente Dpto. El Carmen, Provincia de Jujuy, y en el carácter invocado y acreditado convienen lo siguiente: PRIMERO: El Sr. ATILIO BERARDI cede su participación societaria a la Sra. JIMENA ANA CUBELA. El capital cedido está constituido por una cuota de capital social de PESOS CUATROCIENTOS valor nominal.- SEGUNDO: Por su parte el Sr. BRUNO BERARDI HUEDA, cede ciento sesenta y nueve cuotas del capital social de PESOS CUATROCIENTOS valor nominal cada una, a su cónyuge, la Sra. JIMENA ANA CUBELA.- TERCERO: El precio de la cesión descripta en las cláusula PRIMERA, se establece en la suma de PESOS OCHOCIENTOS, suma esta que fue recibida por el cedente con anterioridad y en efectivo. Respecto de la cesión descripta en la cláusula SEGUNDA, la misma lo es a título gratuito.- CUARTO: En virtud de la cesión realizada por el Sr. ATILIO BERARDI, el mismo queda desvinculado de la sociedad, declarando que no tiene reclamo alguno que formular a la misma, renunciando a todos sus derechos emanados de la calidad de socio y aún a los beneficios sobre ejercicios anteriores, manifestando que tampoco tiene reclamo alguno que formular a la cesionaria.- QUINTO: Presente en este acto la Sra. SARA HUEDA, DNI. Nº 4.142.957, argentina, 69 años de edad, casada, de profesión médico, con domicilio en calle Patricias Argentinas Nº 471 de esta ciudad, cónyuge del Sr. ATILIO BERARDI HUEDA, declara -respecto de la cesión que por el presente se instrumenta-, que presta su consentimiento de conformidad a lo norma dispuesta en el art. 1277 del Código Civil.- SEXTO: En virtud de las cesiones de cuotas efectuadas conforme las cláusulas precedentes, se resuelve modificar la cláusula quinta del contrato social, la cual quedará redactada de la siguiente manera: “QUINTA: El capital social se fija en la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA MIL ($ 340.000) dividido en ochocientos cincuenta cuotas de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400,00) valor nominal cada una, y se halla suscripto e integrado de la siguiente forma: JIMENA ANA CUBELA, ciento setenta cuotas, lo que totaliza la suma de PESOS SESENTA Y OCHO MIL ($ 68.000,00); y BRUNO BERARDI HUEDA seiscientos ochenta cuotas, lo que totaliza la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL ($ 272.000)”.- SEPTIMO: Quedan subsistentes todas las demás cláusulas y condiciones del contrato social en cuanto no resultaren modificadas por el presente.- En el lugar y fecha indicados ut supra, se firman de conformidad y ante Escribano Público cuatro ejemplares.- ACT. NOT. Nº A 00803136, ESC. CAROLINA ALEXANDER, TIT. REG. Nº 62, S.S. DE JUJUY.-

Ordénase la publicación en el Boletín Oficial por un dia de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 28 de junio de 2011.

DR. RAMON A. SOSA

P/HABILITACIÓN AL JUZGADO DE COMERCIO

04 JUL. LIQ. Nº 96941 $ 55,00.-