LEY Nº 2404

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 2404
ARTICULO 1.- Autorízase al Instituto Provincial de Previsión Social a
permutar el Lote Rural Nº 105 de su propiedad con los del señor
Aniceto Saravia, individualizados como Lotes C y G de la Manzana 32, H
de la Manzana 31, A de la Manzana 49, y la Manzana íntegra designada
como Nº 5, todos ubicados en la Localidad de Palpalá, Departamento de
la Capital.
ARTICULO 2.- Por Escribanía de Gobierno, procédase a labrar las
correspondientes escrituras traslativas de dominio.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.-
SALA DE SESIONES, S. S. DE JUJUY, 7 de Agosto de 1958.-
RAMON RENE VALDEZ
Secretario
ROLANDO CORTE
Presidente