BOLETÍN OFICIAL Nº 67 – 15/06/2011

El Dr. JORGE EDUARDO MEYER, Juez del Tribunal de Familia, titular de la Vocalía II, en el Expte. N° B-245485/10 caratulado: “RECLAMACION DE FILIACION Arjona Rubén c/ Tomas Vedia (Sucesorio)”, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 317 CC. Por el presente Notifica a herederos y/o acreedores de Tomas Vedia la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 16 de Febrero de 2011.- Téngase acreditada personería por el Sr. Carlos Rubén Arjona a favor de la Dra. Andrea Fabiana Ortiz a merito del poder general para juicios presentado.-Admítase la presente demanda de filiación post-mortem la que se tramitara de conformidad al procedimiento del juicio ordinario Art.370 y ss. del CPC.-Agréguese la documentación acompañada y téngase presente para su oportunidad.-Córrase traslado de la demanda a los herederos de TOMAS VEDIA, por el término de QUINCE DIAS (15), con las copias respectivas las que se encuentran a disposición en la Secretaria de la Voc. II del Tribunal de Familia sito en la calle Gral. Paz 625-Ciudad-, debiendo publicarse la presente mediante edictos en un diario local y el Boletín Oficial por tres veces en cinco días, bajo apercibimiento de tener por contestada la demanda si así no lo hiciere, Art. 206 del CPC.-Asimismo intímaselos para que en igual termino constituyan domicilio legal dentro del radio de los 3 Km. del asiento de este tribunal, bajo apercibimiento de considerarse notificado por Ministerio de ley todos las resoluciones posteriores (art.52 CPC).-Diligencias a cargo de la letrada presentante.-Previo a correr el traslado denuncie el promotor de autos nombre y domicilio real de los herederos de Tomas Vedia (art. 156 CPC).-Notifíquese.-FDO. Dr. JORGE E. MEYER Juez- ANTE MÍ. Dra. MARIA LAURA CABALLERO SECRETARIA.-Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces en cinco días.- dado, firmado y sellado en mi despacho en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los días 02 del mes de junio de 2011.-

15/17/22 JUN. LIQ. Nº 96830 $ 30,00.-