BOLETÍN OFICIAL Nº 65 – 10/06/2011
DRA. CRISTINA MARCO – JUEZ POR HABILITACION DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº UNO SECRETARIA Nº DOS, en los autos caratulados EXPTE. B-241106/10, caratulado: “EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. C/ LOPEZ JOSE LUIS”, se hace saber el siguiente PROVEIDO DE FS. 13: “S. S. DE JUJUY, 04 de Noviembre de 2010.- Proveyendo el escrito que antecede, téngase por presentado al DR. GUILLERMO RAUL JENEFES, con el patrocinio letrado del DR. JOAQUIN GUILLERMO JENEFES QUEVEDO por constituido domicilio legal y por parte, como apoderado del BANCO MACRO S.A. a merito de la copia debidamente juramentada de Sustitución de Poder General para juicios que se agrega a la presente causa. Asimismo, atento a lo solicitado y de conformidad con lo previsto por los Arts. 472, 478 y 480 del CPC, líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del accionado Sr. LOPEZ JOSE LUIS, por la suma de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 7.266,72), en concepto de capital, con mas la suma de PESOS DOS MIL CIENTO OCHENTA ($ 2.180,00) presupuestada para acrecidas legales y costas del presente juicio.- En defecto de pago, TRABESE EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir todas las cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores, en el mismo acto, cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 Secretaria N° 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Asimismo corrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el ante expresado, bajo apercibimiento lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo termino, intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem…- Notificaciones en Secretaria martes o jueves o el siguiente dia hábil si alguno de ellos fuere feriado…-FDO. DRA. CRISTINA MARCO – JUEZ POR HABILITACION – ANTE MI DRA. MARTINA CARDARELLI-SECRETARIA-PROVEIDO DE FS. 28: “San Salvador de Jujuy, 29 de Marzo de 2011.- Asimismo, atento a lo solicitado y lo informado a fs. 21 vlta. Y a fs. 24 de autos, notifíquese al demandado el decreto de fs. 13 mediante edictos…- Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y un DIARIO LOCAL por tres veces en CINCO DIAS – ART. 162 del C.P.C.- Se le hace al demandado que los términos se comenzaran a contar a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de designarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- FDO. DRA. CRISTINA MARCO. JUEZ POR HABILITACION – ANTE MI DRA. MARIA MERCEDES NUÑEZ ANGEL – FIRMA HABILITADA.- SECRETARIA, SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 de Abril de 2011.-
10/13/15 JUN. LIQ. Nº 96762 $ 30,00.-








