BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 03/06/2011

DRA. MARISA RONDON – Juez por habilitación del Juzgado de Primera Instancia en lo civil y Comercial Nº 2 – Secretaría Nº 3, en el Expte. Nº B-231312/10, caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA: BANCO MASVENTAS S.A. C/ PATRICIA LILIANA MENDEZ”, hace saber a la SRA. PATRICIA LILIANA MENDEZ, que se ha dictado el siguiente PROVEIDO: “/// San Salvador de Jujuy, 13 de Abril de 2.011.- Atento a las constancias de autos y lo solicitado en el escrito que antecede presentado por el DR. CARLOS AGUIAR, notifíquese a la demandada SRA. PATRICIA LILIANA MENDEZ, las partes pertinentes del proveído de fs. 16, conforme lo prevee el art. 162 del C.P.C. de la Provincia y 11 de la Ley 2501/59.- Notifíquese (Art.155 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Marisa Rondon – Juez por habilitación – Ante mí: Proc. Gustavo M. Ibarra – Secretario.- PROVEIDO DE FS. 16 “////San Salvador de Jujuy, 30 de Junio del 2.011.- Atento a las constancias de autos y a lo solicitado por la actora en el escrito que antecede, hágase efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en contra de la demandada SRA. MENDEZ, PATRICIA LILIANA y téngase por expedita la vía ejecutiva, librándose en contra de la demandada, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago ejecución por la suma de PESOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 1.870,96) por capital reclamado, con más la de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO ($ 935,00) calculados provisoriamente para acrecidas y costas.-….- Asimismo cítaselo de remate para que en el término de CINCO (5) DIAS, de notificado comparezcan a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.-….- Asimismo, intímase a la demandada para que en el mismo término que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de la Ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52 del C.P.C.).- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).- Fdo. Dra. Olga del Valle Villafañe – Juez – Ante mí: Proc. Gustavo M. Ibarra – Secretario.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por TRES (3) VECES EN CINCO(5) DIAS.- San Salvador de Jujuy, 13 de Abril del 2.011.-

03/06/08 JUN. LIQ. Nº 95683 $ 30,00.-