BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 30/05/2011
La Dra. ALICIA SILVIA GUZMAN, Jueza del Tribunal de Familia-Vocalia Nº IV, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº B-185080/08, caratulado: “DIVORCIO (Art. 214 inc. 2): MAMANI JUAN MARCELO c/ SORAIDE GUAYTA MABEL”, hace saber que se ha dictado la siguiente providencia que a continuación se trascribe: “San Salvador de Jujuy, 20 de Agosto de 2009.- Dése a la presente acción de divorcio el trámite de juicio ordinario escrito (art. 288 y c.c. del C.P.C.).- De la demanda interpuesta córrase traslado de la misma a la Sra. MABEL SORAIDE GUAYTA, en el domicilio denunciado a fs. 19 y con las copias respectivas, por el término de QUINCE DIAS, con más VEINTIUN DIAS en razón de la distancias, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciera (art. 298 del C.P.C.).- Intímese a la demanda, por el mismo término a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres Km. del asiento de esta Vocalia IV del Tribunal de Familia, bajo apercibimiento de notificársele las posteriores resoluciones por Ministerio de Ley (arts. 52 del C.P.C.).-Notificaciones en Secretaria Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno fuese feriado.- Notifiquese por cédula.- Fdo: DRA. MIRTA BEATRIZ CHAGRA-Juez habilitada-ante mi: Sra. GLADYS MAZA-Secretaria”.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Sra. GLADYS MAZA, Secretaria, 27 de abril del 2011.-
30 MAY. 01/03 JUN. LIQ. Nº 95671 $ 30,00.-








