BOLETÍN OFICIAL Nº 58 – 23/05/2011

Dra. CRISTINA MOLINA LOBOS, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6, Secretaría N° 12, en el Expte. N° B-242575/10, caratulado: “APREMIO: MUNICIPALIDAD DE PALPALA C/ FRANCISCO CATALA”, se ha dictado el siguiente decreto: “San Salvador de Jujuy, 28 de Marzo de 2011.- Habiéndose agotado la vía dispuesta por el Art. 162 del C.P.C., y lo solicitado precedentemente, notifíquese el proveído de fs. 08 mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndosele saber al accionado que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele un Defensor Oficial como su representante con quien se seguirá el juicio (Art. 474 del C.P.C.)”.- PROVEIDO DE FS 08: “San Salvador de Jujuy, 8 de Noviembre de 2010.- Téngase por presentado el Dr. ALFREDO PEDRO PILILI, por constituido domicilio legal, por parte en nombre y representación de la MUNICIPALIDAD DE PALPALA a mérito del poder para juicios que en copia juramentada adjunta.- Atento a lo solicitado y lo dispuesto por los Arts. 472 y 478 y correlativos del C.P.C. y art. 1 y 8 de la ley 2501/59, líbrese en contra del demandado CATALA, FRANCISCO mandamiento de pago y ejecución por la suma de $ 1.213,20 en concepto de capital, con más la suma de $ 242,60 presupuestada para responder a accesorios legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de TRES DIAS, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (Arts. 52 y 154 del C.P.C.) haciéndoles saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado, publíquense edictos por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber a la accionada que en caso de no comparecer se le designará un Defensor Oficial con quien se seguirá el trámite (Art. 474 del C.P.C.).- Notifíquese por edictos.- FDO. DRA MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS – JUEZ, ante mí DR. FEDERICO MERCADO – SECRETARIO HABILITADO.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local TRES VECES EN CINCO DIAS.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de Abril del 2011.-

23/27/30 MAY. LIQ. Nº 95631 $ 30,00.-